
La sección 21 de la Audiencia de Barcelona ha condenado a dos años de prisión, multa de 1.980 euros y 7.500 euros de indemnización a uno de los tres hombres juzgados por delito contra la integridad moral y delito de odio por las publicaciones a través de la red X, antes Twitter, sobre los tres integrantes de una familia que pidió más cuota de enseñanza en español.
Se trata de la familia de Canet, los padres y una niña de corta edad, que fueron señalados, vejados, insultados, menospreciados, amenazados y linchados en las redes sociales por lo más granado del separatismo catalán, incluyendo al que fuera consejero de Enseñanza de ERC Josep Gonzàlez Cambray así como por profesores y otras familias.
Tres hombres, ninguno de ellos conocido más allá de su entorno, fueron llevados a juicio y según explica la Audiencia de Barcelona, dos de ellos han sido absueltos de los mismos delitos al entender que sus amenazas e insultos caben dentro de la libertad de expresión.
Los hechos se remontan a diciembre de 2021, cuando trascendió el fallo judicial que obligaba a una escuela de Canet de Mar (Barcelona) a dar una hora de español en un aula de educación primaria. Fue la primera sentencia sobre el 25% que sigue sin aplicarse y recurrido en el Tribunal Constitucional.
La Generalidad, en aquel momento en manos de un gobierno de coalición de ERC y Junts, desató una cacería con la colaboración de la algunas de las familias y profesores del centro educativo. A esa campaña se sumaron representantes de las fuerzas vivas del separatismo como humoristas, el jefe de los Mossos por la independencia, los comisarios lingüísticos voluntarios y representantes de los partidos y organizaciones independentistas.
En pleno linchamiento digital se desveló la identidad de la familia, se acusó al padre de actuar por motivaciones políticas porque había formado parte de una lista municipal de Ciudadanos, se les conminó a abandonar la localidad y se llegó a instar a la población a apedrear el domicilio de esta familia. El hostigamiento separatista llegó al extremo de celebrarse una manifestación por las calles del pueblo en defensa del catalán en la enseñanza que congregó a lo más granado de la CUP, ERC y Junts en la comarca. En definitiva, se siguió el protocolo habitual del separatismo cada vez que se detecta a una familia que discrepa de la aplicación de la inmersión lingüística o que simplemente reclama enseñanza también en español para sus hijos.
En la sentencia se indica que "entre los mensajes difundidos figuraban expresiones que contenían anuncios de causar un daño o perjuicio a la familia como represalia por la actuación de los denunciantes, o que instaban a aislarles a ellos o a su hija, mensajes que, de manera evidente, tenían aptitud para generar en los destinatarios una profunda inquietud y temor".
Incitación al hostigamiento
En otro apartado se destaca que los mensajes del único condenado "tienen una actitud intimidatoria y de incitación al hostigamiento, con la clara intención de imponer un resultado, como es hacer que la familia se marche, abandone el pueblo por el hecho de ser castellanoparlante y sentirse españoles, y en consecuencia, deje de ejercer el derecho de escolarizar a su hija en un proyecto que respete el aprendizaje del castellano junto con el catalán".
Y: "Dichos mensajes, por su contundencia y claridad, carecen de acomodo en el ejercicio de la libertad de expresión y es que resulta difícil imaginar contexto alguno en el que tales afirmaciones pueda tener un ánimo distinto al de trasladar a la audiencia destinataria el más estricto espíritu de tal afirmación, lo que a priori, y dadas las circunstancias que se dirán, permitiría indiciariamente incardinarlo en el llamado 'discurso de odio'."

