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Leopoldo Puente sobre la prisión de Ábalos: "Ha podido recibir y manejar importantes cantidades de dinero en metálico"

El magistrado ha decretado también el ingreso en prisión provisional del que fuera su asesor, Koldo García.

El magistrado ha decretado también el ingreso en prisión provisional del que fuera su asesor, Koldo García.
El exministro José Luis Abalos a su llegada al Tribunal Supremo. | Europa Press

El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha acordado este jueves el ingreso en prisión provisional del exministro de Transportes José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García. Tanto las acusaciones populares como el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, solicitaron su ingreso en prisión.

Uno de los argumentos recogidos en el auto de prisión de Ábalos, al que ha tenido acceso Libertad Digital, y que el magistrado ha esgrimido en su auto, es que "constan en la causa indicios bastantes de que el Sr. Ábalos Meco ha podido recibir y manejar importantes cantidades de dinero en metálico, al punto que durante varios años no precisó realizar egreso alguno de sus cuentas bancarias, lo que permite inferir razonablemente que pudiera disponer de recursos económicos bastantes para emprender y sostener la fuga".

De igual manera, Puente señala que "resultan más que evidentes los contactos internacionales de los que el Sr. Ábalos Meco dispone". Y explica: "no solo debido a que, como observara en su informe el Letrado de la Acusación Popular, disponga en determinados países hispanoamericanos de algún bien inmueble; ni solo debido a que fuese socio fundador de la fundación Fiadelso, a la que podría continuar familiarmente vinculado; ni únicamente en consideración a que vino recibiendo periódicamente ingresos procedentes de uno de sus hijos, obtenidos al parecer en el extranjero, —con independencia de que se tratara o no de un préstamo, conforme sostuvo su defensa en el acto de la comparecencia de hoy—".

Además, el magistrado del Supremo recuerda que se le atribuye a Ábalos la comisión, en concepto de autor, de "sendos graves delitos" y que, como apunta haciendo referencia a un planteamiento de la Fiscalía Anticorrupción, la pena mínima de la suma de esos delitos elevaría la pena a más de 10 años. Por ello, se interpreta necesaria la prisión provisional, ya que la elevada pena a la que se enfrenta, 24 años, puede hacer que el acusado se plantee la fuga.

Todo ello, sin contar que Ábalos también se encuentra imputado en la pieza separada que el magistrado de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha abierto con el objetivo de descubrir si la trama Koldo aportó a una supuesta financiación irregular del PSOE.

Así, el juez quiere evitar esos riesgos a la vista, además, de que el acto del juicio oral va a ser celebrado en "apenas unos meses a contar de la fecha" en la que se emite el auto. Es decir, el proceso de Instrucción, según revela el auto al que ha tenido acceso LD, llega a su fin; y Ábalos se enfrentará en unas semanas al juicio oral.

"Atendidas todas esas circunstancias, considera el instructor, de acuerdo con lo expresado al respecto por el Excmo. Sr. Fiscal y por la dirección letrada de la Acusación Popular, que, además de existir indicios más que bastantes de la eventual comisión de graves hechos delictivos, el posible riesgo de que el acusado pudiera sustraerse a la acción de la justicia resulta, en este momento, extremo", concluye el Supremo.

Koldo también maneja efectivo

En la misma línea se ha pronunciado Puente en el auto que acuerda la prisión provisional también para el exasesor de Ábalos Koldo García. A este le achaca también la capacidad de manejar dinero en metálico y contactos en el extranjero que podrían ayudarlo a fugarse e impedir así que la actuación de la justicia surta efecto.

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