Menú

Las propiedades del Reino de España en EEUU que están en peligro de embargo por los impagos de Sánchez a las renovables

Ante impagos de primas renovables, acreedores buscan embargar activos de organismos públicos españoles en Estados Unidos: Renfe, Paradores o SEPI.

Ante impagos de primas renovables, acreedores buscan embargar activos de organismos públicos españoles en Estados Unidos: Renfe, Paradores o SEPI.
Sede del Cervantes en Nueva York. | EFE

Los acreedores afectados por la retirada de las primas renovables apuntan al posible embargo de activos del Reino de España en Estados Unidos, como las participaciones del Estado en filiales de Renfe, Paradores, el Instituto Cervantes, ENAIRE o INECO, así como la actividad internacional de la SEPI.

El caso Watkins, que reclama a España 77 millones tras una década de litigios, ha intensificado este tipo de acciones de protección, con las que se busca una compensación que ponga fin al actual escenario de impago. La empresa en cuestión invirtió en nuestro país y, tras ver cómo se revertían los incentivos prometidos y se exigía incluso la devolución efectiva de las primas concedidas, inició un procedimiento de arbitraje que ahora ha abierto este nuevo frente judicial en Estados Unidos.

La compañía lanzó su reclamación en 2015 y la llevó ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), tribunal de arbitraje dependiente del Banco Mundial. Exigía 123,9 millones de euros por los perjuicios causados por las modificaciones regulatorias y fiscales adoptadas entre 2010 y 2014, especialmente la llamada "reforma energética" de 2013.

En 2020, el tribunal arbitral dio la razón a la empresa y condenó a España a pagar 77 millones de euros, más intereses de demora y costas judiciales. La sentencia fue posteriormente confirmada de forma definitiva en 2024, tras el rechazo de la solicitud de anulación presentada por el Gobierno.

¿En qué consiste esta vía de acción legal?

Pese a ello, España no ha abonado un solo euro, lo que ha llevado a Watkins a buscar la ejecución forzosa del laudo en jurisdicciones extranjeras. La empresa es una de las siete que han logrado sendas victorias en tribunales de Estados Unidos a lo largo de los últimos meses, por valor de casi 700 millones.

Estas empresas se apoyan en el Convenio del CIADI, del que tanto España como Estados Unidos son firmantes. En virtud del mismo, los laudos finales deben ser reconocidos por los tribunales de todos los países adheridos al acuerdo como sentencias propias sobre las que ya no cabe apelación y que, por tanto, son de obligado cumplimiento.
Tras ese reconocimiento, Watkins ha iniciado un procedimiento de "discovery order" para identificar activos del Estado español susceptibles de embargo. ¿En qué consiste esta vía de acción legal? El término proviene del derecho procesal estadounidense y designa una orden judicial de descubrimiento de activos, en virtud del artículo 1782 del Código Federal de Estados Unidos.

A partir de este tipo de procedimiento, los tribunales pueden obligar a personas o empresas a entregar documentación, correos, registros financieros o cualquier otro material relevante que ayude a localizar bienes y activos de dicha contraparte, involucrando así a la justicia en la gestión de escenarios de impago.

En el caso de los laudos arbitrales contra España, los acreedores utilizan esta vía para rastrear activos, contratos o ingresos de organismos públicos que puedan servir como garantía de cobro. Si logran demostrar que ciertas entidades actúan como "alter ego" del Estado, los jueces pueden autorizar embargos o retenciones.
Es por eso que, además de pedir información sobre los bienes y activos directamente manejados por el Reino de España, los acreedores han decidido actuar en torno a varias entidades públicas o participadas por el Estado, podrían ser consideradas instrumentos patrimoniales del Gobierno español y, por tanto, estar potencialmente expuestas a reclamaciones internacionales.

En el radar de los acreedores

Entre las que figuran en el radar de los acreedores se encuentran las siguientes:

  • SEPI: la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales controla decenas de empresas estratégicas, desde Navantia hasta Indra, pasando por Telefónica. Los fondos reclamantes sostienen que esto equivale a actuar como brazo económico del Estado y, por tanto, sus activos podrían responder por las deudas de éste.
  • Renfe: la compañía ferroviaria mantiene una intensa operativa internacional, con contratos de leasing y acuerdos con empresas estadounidenses que podrían ser objeto de examen, para detectar flujos de ingresos embargables.
  • Paradores: la red pública de hoteles y monumentos históricos también depende directamente del gobierno, lo que la convierte en una candidata recurrente en las estrategias de ejecución, especialmente por su cartera de bienes inmuebles.
  • Instituto Cervantes: aunque su función es cultural, su financiación y su cartera de activos inmobiliarios se reparten a lo largo y ancho del globo, lo que coloca a dicha entidad en el mapa de posibles medidas cautelares.
  • ENAIRE: los pagos vinculados al tráfico aéreo entre Estados Unidos y España podrían ser objeto de retención si los tribunales los asocian al Estado, circunstancia que el pasado mes de julio propició el bloqueo de 200 millones de euros en Bélgica, un monto correspondiente a los pagos de Eurocontrol a ENAIRE.
  • INECO: la ingeniería estatal gestiona contratos internacionales con aeropuertos y organismos públicos extranjeros, de modo que se ha convertido en otro de los focos de atención.

Indemnizaciones pendientes de cobro

Los procedimientos abiertos en Estados Unidos buscan, en última instancia, identificar activos y flujos financieros para aplicar medidas de embargo y cubrir de esta forma las indemnizaciones pendientes de cobro. Entre las posibilidades que están encima de la mesa, figuran la retención de pagos comerciales, el bloqueo de cuentas, la incautación de participaciones societarias, la limitación de operaciones internacionales de empresas públicas, etc.

Para esquivar los límites de la inmunidad soberana, las empresas acreedoras están dirigiendo sus reclamaciones contra activos de naturaleza comercial, es decir, bienes y flujos económicos vinculados a la actividad mercantil del Estado, y no a funciones diplomáticas o de soberanía. De este modo, España no puede alegar inmunidad de Estado para eludir el pago de los laudos. La justicia estadounidense ha respaldado este enfoque, al reconocer que los laudos del CIADI constituyen deudas firmes y exigibles y que los activos estatales con fines comerciales pueden ser embargados. La última bala en la recámara del Gobierno es el recurso que ha presentado ante la Corte Suprema de Estados Unidos, solicitando amparo bajo el argumento de la inmunidad estatal.

Sin embargo, esa tesis parece difícil de sostener, dado que se trata de deudas con empresas privadas, derivadas de laudos finales del CIADI ya reconocidos por tribunales federales y centradas en bienes no esenciales para la política exterior, al contrario de lo que ocurriría con una embajada o un consulado.

Temas

En Libre Mercado

    0
    comentarios

    Servicios

    • Radarbot
    • Curso
    • Inversión
    • Securitas
    • Buena Vida
    • Reloj Durcal