
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha el Registro de Vehículos Personales Ligeros (VMP), una medida que obliga a inscribir los patinetes eléctricos en el Registro Nacional de Vehículos como paso previo a la contratación del seguro obligatorio.
La creación de este registro aprobada por el Consejo de Ministros es un paso imprescindible para aplicar la Ley 5/2025, de 24 de julio, que establece la obligatoriedad de contratar un seguro para todos los vehículos de movilidad personal. Dicha obligación entró en vigor el pasado 2 de enero, aunque su aplicación práctica quedaba pendiente de la puesta en marcha del registro.
¿Cómo debo registrar mi patinete?
A partir de ahora, todos los propietarios de patinetes —o sus tutores legales en el caso de menores— deberán realizar la inscripción de forma telemática a través de la sede electrónica de la DGT como requisito previo para poder contratar el seguro obligatorio. El teléfono 060 ofrecerá asistencia a los usuarios durante el proceso.
Una vez completada la inscripción y abonada la tasa correspondiente, la DGT expedirá un certificado digital con un número identificativo único. Con este documento, el titular podrá adquirir una etiqueta identificativa que deberá colocarse en el porta-identificador del vehículo o en un lugar visible en el caso de los patinetes no certificados.
Actualmente existen dos tipos de VMP. Por un lado, los patinetes que cuentan con certificado de circulación, que cumplen los requisitos técnicos y de seguridad establecidos por la DGT y que incorporan una placa de marcaje de fábrica. Desde el 22 de enero de 2024, solo estos modelos pueden comercializarse. Su inscripción requiere aportar el número de certificado y el número de serie.
Por otro lado, los VMP que no disponen de certificado de circulación podrán seguir circulando de forma transitoria hasta el 22 de enero de 2027, aunque también deberán inscribirse en el registro y contar con seguro obligatorio. Para estos vehículos será suficiente presentar una factura, ficha técnica o una fotografía del patinete.
El proceso de inscripción también podrá realizarse a través de agentes de seguros o gestores administrativos, y la DGT trabaja para que, en el futuro, pueda efectuarse directamente en el momento de la compra del vehículo.
La normativa contempla además la obligación de comunicar los cambios de titularidad y la baja definitiva del vehículo, que deberá realizarse en un centro autorizado de tratamiento al final de su vida útil.
Sanciones y multas por no llevar seguro
Según la ley, no contar con seguro obligatorio puede suponer sanciones de entre 202 y 610 euros, mientras que circular con un VMP sin seguro puede acarrear multas de entre 250 y 800 euros, dependiendo de sus características.




