
En plena precampaña a las elecciones andaluzas, la candidata del PSOE, María Jesús Montero, ex ministra de Hacienda, ha recibido un nuevo varapalo por parte la justicia. Concretamente, la Audiencia Nacional ha estimado los recursos presentados por Orange y Vodafone contra la liquidación del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) durante los ejercicios 2018, 2019 y 2020.
Las sentencias de la Audiencia Nacional, fechadas el 18 de febrero y el 10 de marzo, dan la razón a ambas compañías frente a resoluciones previas dictadas por el Tribunal Económico-Administrativo Central y reconocen su derecho a recuperar las cantidades ingresadas por este concepto. En consecuencia, la Agencia Tributaria tendrá que devolverles un total de 107,5 millones de euros, junto con los intereses de demora correspondientes.
Cantidades "indebidamente ingresadas"
En el caso de Orange, integrada en el grupo MasOrange, la devolución asciende a 62,3 millones de euros, correspondientes a los ejercicios 2018, 2019 y 2020 por servicios de telefonía fija y móvil. Por su parte, Vodafone España, propiedad del fondo británico Zegona, recuperará algo más de 45,2 millones de euros por los ejercicios 2018 y 2019 en relación con los servicios de telefonía móvil. En este sentido, las liquidaciones anuladas en el caso de Vodafone corresponden a importes de 22,88 millones en 2018 y 22,34 millones en 2019, a los que se suman los intereses de demora.
Así las cosas, las resoluciones judiciales recogen de forma expresa el derecho de ambas entidades a la devolución de las cantidades "indebidamente ingresadas" en concepto del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). De esta forma, los magistrados concluyen que el epígrafe del IAE aplicado a los operadores de telefonía móvil, que grava su actividad en función del número de clientes en cada localidad, resulta contrario a la normativa europea.
Según las sentencias, la introducción de este sistema tuvo una finalidad "claramente compensatoria" y "estuvo dirigida a procurar una mayor y mejor recaudación a las Haciendas locales". En este sentido, la Audiencia Nacional señala que este enfoque es ajeno a los objetivos establecidos por la directiva europea en materia de telecomunicaciones, que exige que las cargas se orienten al correcto funcionamiento y desarrollo del sector.
Con todo, la Audiencia Nacional subraya que el fin del gravamen "es estrictamente recaudatorio, resultando ajeno a los objetivos y optimización del sector" que la directiva europea exige. En este sentido, las sentencias también recuerdan que la recaudación de este tributo "se destina a cubrir las necesidades de la administración local, siendo evidente que le resulta extraño al IAE el garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior de las redes y servicios de telecomunicaciones".
Antecedentes
Lo cierto es que este pronunciamiento se suma a resoluciones previas sobre el mismo impuesto. En noviembre de 2023, el Tribunal Supremo ya dio la razón a Vodafone en relación con el IAE correspondiente a 2014. Ese fallo permitió a la operadora recuperar más de 27 millones de euros, incluidos los intereses, y se añadió a otras decisiones sobre los ejercicios 2012 y 2013. En conjunto, estas resoluciones anteriores supusieron la anulación de liquidaciones por alrededor de 80 millones de euros en favor de la compañía.


