
La campaña de la Declaración de la Renta del ejercicio 2025 ha arrancado este 8 de abril y se prolongará hasta el próximo 30 de junio de 2026. Durante este periodo, los contribuyentes podrán presentar sus declaraciones por Internet, mientras que la atención telefónica comenzará el 6 de mayo y la presencial en oficinas a partir del 1 de junio, en ambos casos también hasta el cierre de la campaña.
Los dueños de mascotas de tres comunidades autónomas están de enhorabuena porque podrán aplicar una nueva deducción en su Declaración de la Renta por los gastos veterinarios de sus animales domésticos. Para el resto de españoles, los gastos veterinarios siguen sin contar con una deducción específica en el tramo estatal del IRPF. Es decir, Hacienda no permite, de forma generalizada, reducir la factura fiscal por este tipo de desembolsos.
Tal y como recoge la Guía de deducciones autonómicas del IRPF para el ejercicio 2025 de la Agencia Tributaria, tres comunidades han incorporado por primera vez incentivos fiscales vinculados a estos gastos: Andalucía, Castilla-La Mancha y la Región de Murcia, todas ellas aprobadas con efectos desde el 1 de enero de 2025.
Andalucía
Andalucía permite deducir el 30% de los gastos veterinarios, con un máximo de 100 euros anuales por contribuyente. La medida incluye gastos derivados de la adquisición de animales de compañía o de la tenencia de perros de asistencia.
Entre los conceptos deducibles figuran vacunaciones, desparasitación, tratamientos obligatorios y, en determinados casos, la esterilización. La deducción se aplica, con carácter general, durante el año siguiente a la adquisición del animal, aunque se amplía a tres años en caso de adopción. Para los perros de asistencia, el beneficio se mantiene durante todo el periodo de tenencia.
Castilla-La Mancha
El caso de Castilla-La Mancha es más restrictivo. La deducción también es del 30% con un límite de 100 euros, pero se limita exclusivamente a los gastos veterinarios derivados de la tenencia de perros de asistencia.
La normativa contempla como deducibles los gastos en vacunaciones, desparasitación, esterilización y otros tratamientos obligatorios. La deducción se mantiene durante todo el tiempo que el contribuyente tenga al animal.
Región de Murcia
La Región de Murcia presenta la fórmula más amplia de las tres. Permite deducir el 30% de los gastos veterinarios de animales domésticos, sin vincularlo a la adquisición ni limitarlo a perros de asistencia, con un máximo de 100 euros por declaración.
Eso sí, introduce requisitos adicionales: la base imponible general y del ahorro no puede superar los 25.000 euros en declaraciones individuales ni los 40.000 en conjuntas. Además, los gastos deben justificarse mediante factura.


