
L D (EFE) Hernando, que así se ha manifestado en declaraciones a los periodistas antes de clausurar en El Escorial el curso "Derechos Fundamentales y Justicia Penal", ha defendido la aplicación de la cadena perpetua, fundamentalmente, "porque permite que gente que no se ha reinsertado socialmente pueda seguir cumpliendo pena".
A juicio del presidente del Supremo, cuando la reinserción social no se produce "la cadena perpetua es perfectamente aplicable" y ha considerado que no vulnera el principio de reeducación y de reinserción que tiene la pena en el ordenamiento constitucional.
Se trata, ha dicho, de "una pena que es constitucional siempre y cuando sea revisable", y para reforzar este argumento ha recordado que el Tribunal Constitucional no se opone nunca a la extradición de delincuentes a Francia y "a otros países de nuestro entorno que tienen esa pena establecida", lo que supone, a su entender, amparar la constitucionalidad de la cadena perpetua revisable.
Ha insistido por ello en que la cadena perpetua revisable tampoco transgrede el principio constitucional de la reeducación y de la reinserción, y además "permite que gente que no se ha reinsertado pueda seguir cumpliendo pena". "Cualquier medida que tienda a controlar post-delictivamente y post-penalmente a los autores de determinados delitos es bienvenida", ha concluido.
A juicio del presidente del Supremo, cuando la reinserción social no se produce "la cadena perpetua es perfectamente aplicable" y ha considerado que no vulnera el principio de reeducación y de reinserción que tiene la pena en el ordenamiento constitucional.
Se trata, ha dicho, de "una pena que es constitucional siempre y cuando sea revisable", y para reforzar este argumento ha recordado que el Tribunal Constitucional no se opone nunca a la extradición de delincuentes a Francia y "a otros países de nuestro entorno que tienen esa pena establecida", lo que supone, a su entender, amparar la constitucionalidad de la cadena perpetua revisable.
Ha insistido por ello en que la cadena perpetua revisable tampoco transgrede el principio constitucional de la reeducación y de la reinserción, y además "permite que gente que no se ha reinsertado pueda seguir cumpliendo pena". "Cualquier medida que tienda a controlar post-delictivamente y post-penalmente a los autores de determinados delitos es bienvenida", ha concluido.
