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José T. Raga

Según y cómo...

¿Nunca volverá nuestro Estado de Derecho? Complicado está, pero…

Nada es como era, aunque lo asumamos hasta que cambie, y que no sea a peor. El gobernante piensa que su idea, su opinión sobre los problemas vitales, es la única verdadera y que, gobernando, hay que conseguirla. Los hay también cuya pretensión es destruir el presente, vendiendo un futuro paraíso, que ni ha sido ni será, aunque mientras perviven.

Frente a esas opiniones o proyectos de gobernación, hay personas que viven cada día, que trabajan, que contraen obligaciones en el ejercicio de su profesión, pero que también tienen derechos, que aspiran a verse respetados socialmente.

Todos nos sentimos titulares de derechos, desde los que nos corresponden por nuestra naturaleza humana hasta aquellos que devienen del ejercicio profesional y que se enmarcan en las diversas relaciones sociales.

De hecho, cuando decidí comenzar mis estudios de Derecho –hablamos del curso 1955-56–, lo hice atraído por la firmeza y seguridad que resplandecía en los textos legales y en el pensamiento de los juristas.

La precisión de su terminología, los esfuerzos por una interpretación de los textos ajustada a la voluntad del legislador, y, por encima de todo, la indiscutible igualdad de todos ante las leyes, eran virtudes que deslumbraban a un joven con ideales.

De aquello apenas sí queda algo. Los legisladores de hoy apenas sí conocen su lenguaje, con lo que menos aún la precisión del leguaje jurídico. Además, el texto legal sólo es la primera herramienta que encuentra el jurista. Su misión será descubrir la interpretación correcta de la voluntad del legislador.

Interpretación que, nos enseñaron, podía ser literal, doctrinal, o jurisprudencial; la que más se ajustase a la idea de Justicia. Nunca me habría encaminado a la Facultad de Derecho si alguno de los referentes jurídicos a los que escuché hubiera usado como fuente interpretativa la condición según y cómo. Comprenderán, pues, mi escándalo al oír de una jueza, aunque en servicios especiales, que la malversación de caudales públicos debe calificarse según y cómo [el apelativo es mío].

Así, dependerá de si fue en beneficio propio –aunque no lo vinculó a la renta del malversador– o en beneficio de terceros –sin precisar tampoco hasta qué grado de parentesco–. Excelentísima Señora: malversar, dice la Enciclopedia Jurídica que es: "Sustraer caudales públicos. / Aplicar a usos propios fondos públicos. / Dar a estos, inversión distinta a su destino". La propia Real Academia Española define malversar como: "Apropiarse o destinar los caudales públicos a un uso ajeno a su función". Lo demás pueden ser circunstancias agravantes o atenuantes, pero no pasará de ahí.

¿Para qué, si no, aprobar un presupuesto, con asignación de recursos por partidas, según la voluntad del Poder Legislativo? Aunque en gobiernos débiles, el mercado de votos alcanza precios altamente especulativos, agraviando al pueblo conminado a satisfacerlos.

Así las cosas, puestos a aceptar el según y cómo, añadamos también el por quién o para quién, y todo quedará más claro.

¿Nunca volverá nuestro Estado de Derecho? Complicado está, pero…

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