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EDITORIAL

Un 155 para evitar que Torra cumpla su palabra

Se excusan en que "hay que esperar" precisamente porque no conciben el 155 como forma de evitar que los golpistas pasen "de las palabras a los hechos".

Tras casi seis años de abierta y pública rebelión institucionalizada en Cataluña, resulta deprimente volver a tener que abordar el debate de si es necesario que los golpistas pasen "de las palabras a los hechos" para suspender la administración regional en aplicación del articulo 155 de la Constitución. Ya en 2012, con ocasión del público y gravísimo compromiso de Artur Mas de llevar a cabo en Cataluña un proceso secesionista que "no pararán ni tribunales ni Constituciones" y, más concretamente, con su anuncio de perpetrar una consulta secesionista a finales de 2014, se planteó esta esperpéntica cuestión de si era necesario esperar a que los golpistas mandatarios regionales consumaran todos los delitos que nos había anunciado para suspender la administración autonómica en tan abierta y confesa rebeldía.

El debate ya entonces resultaba deprimente por cuanto abordaba una cuestión estrictamente política –la de poner o no en suspenso una determinada administración pública– como si de una decisión judicial se tratara. El artículo 155 de la Constitución no es un artículo del Código Penal y no afecta a personas sino a instituciones. No pretende castigar sino impedir. Era, por ese motivo, perfectamente aplicable como forma de evitar que la propia administración autonómica regida por Artur Mas pudiera ser utilizada para atentar contra los intereses de España. Aunque no sean obviamente incompatibles, una cosa es evitar políticamente el delito y otra muy distinta castigarlo penalmente. Lo primero obliga a intervenir antes; lo segundo necesariamente después.

A este respecto se manifestó el entonces Fiscal General del Estado, Eduardo Torres Dulce, al señalar que la eventual suspensión de la autonomía catalana como forma de evitar cualquier ilegalidad como la del 9-N correspondía exclusivamente al gobierno. Eso, por no recordar al desaparecido ex presidente del Tribunal Constitucional, Manuel Jiménez de Parga, al denunciar en 2013 cómo "al reto de los representantes de la Comunidad catalana no se está respondiendo, como debería hacerse, por las autoridades centrales del Estado. Primero, replicar con argumentos (que los hay) y luego recordar que en la Constitución figura el artículo 155. Nos encontramos ante una impasibilidad nefasta".

Pues bien. Esa "impasibilidad nefasta" la mantendría nuestra indolente clase política y periodistica durante el resto del mandato de Artur Mas tanto como durante todo el tiempo que tardó su sucesor, Carles Puigdemont, en cumplir su palabra y discurso de investidura perpetrar todos los nuevos delitos de desobediencia y de malversación de fondos públicos que desembocaron en la segunda consulta secesionista y en la sediciosa Declaración Unilateral de Independencia del pasado mes de octubre.

Esa misma "impasibilidad nefasta" es la que, más adelante, ha llevado a nuestra clase política constitucionalista a desvirtuar su ya de por sí tardía aplicación del articulo 155 para transformarla en surrealista mecanismo de convocatoria electoral. Esa "impasibilidad nefasta" es la misma que ahora hace oídos sordos al clarísimo compromiso a favor del golpe de Estado que se viene perpetrando en Cataluña desde 2012 por parte del nuevo presidente de la Generalidad, el radical y redomado racista Quin Torra. Esa misma "impasibilidad nefasta" es la que vuelve a utilizar por tercera vez esa mema y pretenciosa excusa de que "hay que esperar" precisamente porque no concibe la aplicación del 155 como forma de evitar que los golpistas pasen de las palabras a los hechos.

De esa impasibilidad nefasta de PP y PSOE, Ciudadanos debe huir para pasar a combatirla.

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