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¿Qué pasa si deja de pagar la hipoteca?

Una sentencia revoluciona el mapa hipotecario español al permitir que la entrega del inmueble salde la deuda. El auto tumba la ejecución habitual. (Volver)

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ddiablo1 dijo el día 28 de Enero de 2011 a las 14:25:38:
aquí hay algo que no cuadra y que es muy, pero que muy importante... ...y es EL RESCATE QUE,CON DINERO DE TODOS LOS ESPAÑOLES, se les ha realizado a los bancos.

si los ESPAÑOLES LES HEMOS SALVADO EL CULO A LOS BANCOS, como mínimo merecemos el MISMO TRATO... ...y esto no es negociable.

repito... ...MERECEMOS EL MISMO TRATO.


la actual LEY HIPOTECARIA es tremendamente injusta... ...HAY QUE CAMBIARLA INMEDIATAMENTE.


además el dinero que los bancos nos dejan, no TIENE RESPALDO NINGUNO... ...es HUMO que nos cobran en trabajo durante toda nuestra vida.

y digo que es HUMO porque con darle al botón de la máquina que hace los billetes... ...sacan todos los que quieren, sin nada a cambio... ...y a nosotros nos cuesta toda una vida devolverlo... ...y si no podemos se quedan con todo... ...cuando a ellos NO LES HA COSTADO NADA... ...NO HAN PUESTO NADA A CAMBIO.

esto se llama ESCLAVITUD.

QUE NO NOS ENGAÑEN MÁS.

la REBELIÓN es el camino... ...QUE NO NOS PAREN.

¡¡¡ que arda el infierno !!!
punt dijo el día 28 de Enero de 2011 a las 14:13:14:
Y dale... ¡QUE LA SENTENCIA NO VA DE ESO!

Mira que siguen empeñados (también el LD, hay que ser cazurros) en relacionar la sentencia con la entrega de llaves que se hace en USA. ¡Que no tiene nada que ver!

La sentencia no niega que los hipotecados tengan que responder con su patrimonio. Lo único que hace es determinar que, como el banco se quedó con el inmueble, no puede valorar éste por el precio de salida que tenía en la subasta (que quedó desierta) sino por el valor que se establecía en la tasación que era aceptada por el mismo banco en el momento del embargo y en el de la misma subasta.

Si el banco hubiera hecho con anterioridad una retasación a la baja hasta un importe inferior al principal pendiente de amortizar (entiendo que siendo la retasación aceptada por los propietarios), entonces éstos seguirían teniendo que pagar la diferencia, aun aceptando esa retasación como valor del inmueble subastado y no vendido.

¡Que la sentencia establece el valor de un pago en especie, no la anulación de la garantía personal!

De verdad, no hay peor ciego que el que no quiere ver...

PD: Creo recordar que la sentencia establece que los hipotecados sí deben costear los gastos derivados del embargo y subasta, un total de algo más de 8000 euros.

Un saludo.
Jose2010 dijo el día 28 de Enero de 2011 a las 14:01:08:
Mucho hablar mal de los banqueros pero luego la gente vota a partidos que no cambian las cosas. Ese es un grave problema. El otro es que el gobierno trate de imponer normas a las minorías simplemente por verse justificado por la mayoría (y aquí ni eso), saltándose los principios de Justicia. ¿Qué problema hay que ambas parten negocien libremente los términos de un acuerdo?. Si en realidad se trata de un préstamo personal con garantía hipotecaria no hay que firmar con alegría porque todo el mundo lo hace, como ha pasado, pues es una decisión muy seria. Si nadie lo firmara por abusivo a los bancos no les quedaría otra que bajar sus pretensiones si quieren hacer negocio. Por otra parte no hay que condenar a una persona toda su vida por un error que pueda cometer. Ahí entra en juego que el banco preste como inversión valorando el riesgo adecuadamente y que en caso de desastre se reparta la responsabilidad entre ambas partes no solo en una.
flagusti dijo el día 28 de Enero de 2011 a las 13:03:35:
Desgraciadamente la línea argumental de esta sentencia fundada en una estricta idea de justicia ¿de eso se trata, no?, afecta a unas instituciones (bancos) que tienen el poder un poder efectivo y real que llega al propio BOE a la la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Amenazan y encarcelan si fuere menester, ahí está el consejero delegado del Santader, delincuente por sentencia firme del Tribunal Supremo y el Banco de España guarda silencio.
A lo anterior agrégese los intereses comunes de Gobierno y Banca vía compra de deuda entre otros negocios de interés mútuo para ambas partes.
La banca y los banqueros deberían estar incluidos con su majestad en el artículo 56.3 de la Constitución que declara la persona del rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.
Ese es el estatus de la banca: inviolable y escasamente responsable de las consecuencias sociales que provocan sus desmanes.
Frente a los preceptos y principios hipotecarios, tan lúcidamente explicados por D. Jerónimo González en el siglo pasado, priman los principios constitucionales como el establecido en artículo 9.3 de la Consititución, el artículo 14 y sobre todo la idea de justicia, esta última es incompatible con el negocio bancario y con el principio constitucional consagrado en el artículo 46 que no incluye la usura o las condiciones leoninas como requísitos para el acceso a la vivienda.
dolfi70 dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 21:55:18:
Buenas
me alegro por la sentencia
a ver si empieza ya aquí la revuelta como en túnez que tengo ganas de ir al congreso de los diputados y a ver si con suerte están muchos allí para quemarlos vivos, junto con los banqueros, los de UGT (UN GRAN TONGO) Y CCOO (CALLAMOS Y OLVIDAMOS) Y DEMÁS GENTUZA ASQUEROSA QUE NOS HA DEJADO A MUCHOS EN EL PARO Y SE SIGUEN RIENDO DE NOSOTROS....
jorgegvr dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 21:26:16:
#txemafig, se debe a que lo que se abona los primeros años va casi en su totalidad destinado a pago de intereses, y una pequeña parte al pago del bien adquirido.

Por ejemplo, si tienes contratado un crédito hipotecario durante 30 años, con un recibo de 700 euros mensuales, posiblemente 680 vayan destinados al pago de intereses, y 20 euros para el valor de la vivienda.
Con el paso del tiempo la cantidad destinada a pagar intereses se va reduciendo, y la parte destinada al pago de la casa aumenta.

Vamos, que tras 10 años pagando puede ocurrir que en realidad hayas pagado menos de 6000 euros por la casa, y si sufres en ese momento un juicio por embargo, te pueden decir tranquilamente que te falta por pagar casi todo.


Nota.- Ya era hora de que alguien se dignara a nombrar a los avalistas, y a explicar las consecuencias que pueden traerles el poner una simple firma en un papel.
FloriaEm dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 20:29:50:
Pues cuando suban los tipos será el momento de cancelar. Ahora no. Algunos estamos pagando interés negativo, descontada la inflación.
Ostrask dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 19:58:44:
Prepárense para la subida de tipos, que esto va a ser de aúpa...
kirkayu dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 18:45:00:
Las hipotecas están así, porque nadie se ha preocupado de arreglarlo; ni por los políticos, ni por la ciudadania. Y es que de lo verdaderamente importante, nadie se preocupa o mira para otro lado. Acordémonos de la que se armó, con el Prestige o la guerra de Irak; asuntos, que a la mayoría de la gente le importaba un pimiento.
Si los amenazados de ejecución hipotecaria, mas los 114000 ejecutados en 2009, mas los de 2010, mas los de este año, además de los que necesitan casa; se echaran a la calle con la misma rabia, que los del prestige, o los de la guerra. Las cosas cambiarían radicalmente
txemafig dijo el día 27 de Enero de 2011 a las 18:35:41:
Lo curioso es si llevas bastante pagado que sigues debiendo un monton de pasta. Es incomprensible salvo para esos privilegiados de politicos y banqueros.

Los demas no lo comprendemos pero como somos de mente pobre pues no queda otra que tragar.
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