
Una vez publicados los 1205 folios de la sentencia sobre la resolución del Tribunal Supremo de la decisión de la Audiencia Provincial de Sevilla sobre el caso de los ERE fraudulentos de la administración socialista andaluza ha llamado la atención el voto particular por el que dos magistradas pedían que el expresidente de la Junta de Andalucía y el PSOE, José Antonio Griñán, fuera absuelto del delito de malversación.
El voto particular fue formulado por la magistrada Ana María Ferrer y Susana Polo se adhirió y consideran que no hubo "dolo" en la actuación de José Antonio Griñán porque al situarse fuera de la Consejería de Empleo no participó en la ejecución de la fase final de los presupuestos. Griñán había sido condenado en Sevilla a seis años de cárcel por prevaricación y malversación y el Tribunal Supremo ha reafirmado esa condena.
Cabe destacar que las magistradas Ana María Ferrer y Susana Polo pertenecen a Juezas y Jueces para la democracia la asociación judicial afín al PSOE. En el voto particular señalan que el comportamiento de Griñán "no cubre la tipicidad subjetiva que el mismo requiere, es decir, el dolo, ni aun en la modalidad de dolo eventual que fue apreciada por la Audiencia de Sevilla". A su juicio, tanto Griñán como Miguel Ángel Serrano, Jesús María Rodríguez, Francisco Vallejo y Carmen Martínez tendrían que haber sido absueltos por el delito continuado de malversación de caudales públicos, lo que habría implicado estimar parcialmente su recurso.
Defienden en el voto que la condena por este delito para estos cinco acusados ajenos a la Consejería de Empleo no se ajusta a Derecho porque la malversación radicaría en las conductas que realizaron las autoridades y funcionarios de dicha consejería en la fase final de la ejecución de los presupuestos, y esas conductas consistieron en distribuir y repartir el importe de las subvenciones en favor de personas y empresas que carecían de derecho a ellas.
Sin embargo, sí que coinciden con la sentencia mayoritaria en que Griñán y los otros cuatro colaboraron con sus actos a la implantación de un procedimiento ilegal para la aceleración y agilización del otorgamiento de subvenciones excepcionales en el territorio de Andalucía, con el fin de atender cuanto antes a los problemas que suscitaba la crisis económica en el ámbito laboral y social.
Los altos cargos de la administración socialista andaluza menoscabaron en cantidades importantes el caudal público, entregándoles sumas relevantes de dinero a personas y entidades de forma ilegal y con grave perjuicio para el patrimonio de la autonomía andaluza, pero ninguno de los cinco acusados referidos intervino en esos actos fraudulentos del tramo final de la ejecución del presupuesto, ni tampoco tuvo conocimiento de que estaban siendo realizados por autoridades y funcionarios de la Consejería de Empleo, dicen.


