
La duda aparece con frecuencia en textos jurídicos, médicos y divulgativos: ¿debe escribirse "consanguinidad" o "consanguineidad"? Aunque las dos palabras están admitidas, la Real Academia Española señala una preferencia clara en el uso actual.
La forma "consanguinidad" es la más extendida y cuenta con una larga tradición en el español. Se emplea para designar el vínculo de sangre entre personas que comparten un antepasado común y aparece de manera habitual en ámbitos como el derecho civil, la genética o la antropología.
Ejemplos de uso habituales en estos contextos incluyen frases como:
"El grado de consanguinidad influye en la sucesión hereditaria".
"La normativa limita ciertos vínculos por razones de consanguinidad".
Por su parte, cómo explica la RAE "consanguineidad" también es correcta y está recogida en el diccionario académico. Se trata de una formación más reciente, construida de manera regular a partir del adjetivo "consanguíneo". Su uso suele percibirse como más técnico o formal y es menos frecuente en el español general.
Puede encontrarse, por ejemplo, en estudios especializados o documentos técnicos:
"El informe analiza la consanguineidad en poblaciones aisladas".
La diferencia no es de significado, sino de frecuencia y tradición
La diferencia, por tanto, no es de significado, sino de frecuencia y tradición. Ambas palabras remiten al mismo concepto, el parentesco por sangre, pero la recomendación es optar por "consanguinidad" en la mayoría de los textos, especialmente en contextos divulgativos o periodísticos.
En resumen, si buscas una forma asentada y reconocible para la mayoría de los lectores, "consanguinidad" es la opción preferida. "Consanguineidad" no es incorrecta, pero su uso queda más restringido a registros especializados. Una elección ortográfica que, aunque sutil, marca el tono y la claridad del texto.

