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La sentencia del TC que impide ceder el censo

Una sentencia del TC sobre un recurso presentado precisamente por Ibarretxe sobre inmigración perjudica ahora sobremanera a Artur Mas.

Una sentencia del TC sobre un recurso presentado precisamente por Ibarretxe sobre inmigración perjudica ahora sobremanera a Artur Mas.

Varios ayuntamientos catalanes han ofrecido los ficheros del padrón municipal al Gobierno de Artur Mas para que pueda celebrar su referéndum separatista. De hecho, a primeros de año, a propuesta del concejal nacionalista Joan Laporta, la Comisión de Presidencia y Régimen Interior del Ayuntamiento de Barcelona aprobó la primera cesión de un padrón y se comprometió "a liderar y promover que todos los ayuntamientos de Cataluña tomen acuerdos en el mismo sentido".

Pero, ¿es legal y constitucional el trasiego de ficheros de datos personales entre administraciones públicas? Libertad Digital ha consultado con varios expertos y aparece una reciente sentencia del Tribunal Constitucional de lo más oportuna.

Según Lorenzo Cotino Hueso, catedrático y profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia y coordinador de la Red de Especialistas en Derecho de las Tecnologías de la Información, la pretendida cesión del padrón municipal del Ayuntamiento de Barcelona sería inconstitucional por una doctrina fijada a partir de un recurso presentado por el gobierno del exlehendakari Juan José Ibarretxe contra el acceso indiscriminado de la policía a las bases de datos para controlar a los inmigrantes.

A partir de la sentencia 17/2013, el Constitucional ha negado la posibilidad de las comunicaciones masivas de datos, es decir, se han marcardo unos "requisitos exigentes para permitir la comunicación de datos personales entre las administraciones públicas, en concreto del padrón municipal, y además se señaló la nueva doctrina de la ley de Bases de Régimen Local". En modo alguno permite los trasiegos en bloque, sino que las administraciones deben acceder de forma específica, con una justificación individual, motivada y para casos concretos. "Sobre estas bases la cesión del padrón municipal del Ayuntamiento de Barcelona en modo alguno cabría", afirma Cotino.

De todas formas, el catedrático advierte de que "sin la doctrina fijada en esta sentencia la cesión tendría posiblemente base legal suficiente y sería admisible". Por tanto, lo único que quizá pueda hacer Artur Mas sea sacar "las urnas a la calle" como anunciaba esta misma semana desde el Parlamento.

Agujero en las dos leyes de Consultas catalanas

Sorprendentemente, tanto la ley de Consultas vigente, que tiene como limitación que el Estado autorice previamente las consultas, como otra nueva que se está redactando en este momento ignoran la regulación del cuerpo electoral. "Podemos decir de algún modo que se olvidaron de ello", concluye el experto. Hoy por hoy falta el soporte legal suficiente.

La Agencia catalana de protección de datos avala la cesión de datos. Tanto en Cataluña como en el País Vasco las competencias en protección de datos están transferidas a organismos independientes de la Agencia Nacional. Libertad Digital se ha puesto en contacto con el responsable del Área de Asesoría Jurídica de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, Santiago Farré, que defiende defiende sin vacilaciones que la cesión es plenamente legal.

Farré se limita a recordar el textual del artículo 16.3 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, que dice "los datos del Padrón Municipal se cederán a otras Administraciones públicas que lo soliciten sin consentimiento previo al afectado solamente cuando les sean necesarios para el ejercicio de sus respectivas competencias, y exclusivamente para asuntos en los que la residencia o el domicilio sean datos relevantes". Como en las consultas populares.

Sin embargo, Cataluña carece de las competencias para celebrar este tipo de consulta. Pero Farré insiste en que la cesión se podría hacer, y que en el futuro, "cualquier otra eventualidad corresponderá juzgarla a otras instancias".

Otros expertos consultados valoran que la cesión sería correcta, a efectos de la normativa de la protección de datos, pero que podría ser ilícita si el Estado declarara inconstitucional el referéndum separatista.

El 'Parlament' podría tener la última palabra

Pero a pesar de que el TC haya cerrado la puerta, se podrían buscar otras vías legítimas. El legislador autonómico podría aprovechar "las competencias actualmente vigentes en materia electoral para justificar sin problema una nueva regulación legal que permita el acceso a los datos del censo electoral y así llevar a cabo el discutido referéndum sobre el futuro político de Cataluña", explica Cotino.

Competencia e incompetencia, esas son las dos cuestiones... En lo que coinciden todos nuestros interlocutores es en que se ahorraría mucho tiempo y se despejarían todas las dudas si desde el Gobierno y el Estado se tuviera una posición firme y resuelta en este pulso independentista.

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