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Garzón rechazó una querella por la matanza de Paracuellos contra Carrillo por "abuso del derecho a la jurisdicción"

Garzón fue juzgado en el año 2012 en el Tribunal Supremo y fue absuelto de prevaricación tras abrir una causa general contra el franquismo.

Garzón fue juzgado en el año 2012 en el Tribunal Supremo y fue absuelto de prevaricación tras abrir una causa general contra el franquismo.
Baltasar Garzón, exjuez de la Audiencia Nacional | EFE

El que fuera magistrado de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón rechazó en 1998 una querella presentada por la matanza de Paracuellos del Jarama contra el líder del PCE, Santiago Carrillo, por "abuso del derecho a la jurisdicción para ridiculizarla".

Precisamente, tal y como desvelaba Libertad Digital, la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, dejaba en agosto sin efecto una orden del Ministerio Público del año 2016 para que Argentina no investigase posibles crímenes cometidos durante el franquismo que fueron amnistiados, ya que "los hechos que desde Argentina se trata de investigar son hechos cometidos por ciudadanos españoles en España contra ciudadanos españoles, por lo que serían competencia de la jurisdicción española y no de la argentina".

La magistrada argentina María Servini de Cubría tomaba declaración por videoconferencia esta semana al exministro del Interior, Rodolfo Martín Villa, voluntariamente. Las fuentes consultadas apuntaban que la mano que "mece la cuna" de Delgado en este asunto es su amigo Baltasar Garzón.

La querella rechazada hace más de 20 años por Garzón fue presentada por la Asociación de Familiares y Amigos de Víctimas del Genocidio de Paracuellos del Jarama para sentar en el banquillo a Carrillo como responsable de los fusilamientos masivos en esa localidad madrileña en la que fueron asesinadas más 4.200 personas.

El entonces titular del Juzgado Central de Instrucción nº 5 desestimó "de plano" la querella en un auto implacable acusando a sus promotores de "mala fe procesal" y de "abuso del derecho". Según Garzón, "con el respeto que me merece la memoria de las víctimas, no puede dejarse de llamar la atención frente a quienes abusan del derecho a la jurisdicción para ridiculizarla y utilizarla con finalidades ajenas a las marcadas en el artículo 117 de la Constitución Española y los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, como acontece en este caso".

La Asociación de Familiares y Amigos de Víctimas del Genocidio de Paracuellos del Jarama había presentado la citada querella contra Carrillo, después de que Garzón iniciase la causa contra el dictador chileno, Augusto Pinochet por crímenes de lesa humanidad.

Según afirmaba Garzón en su auto de archivo "los preceptos jurídicos alegados son inaplicables en el tiempo y en el espacio, en el fondo y en la forma" y concluía asegurando que quedaba "en tela de juicio la deontología profesional de quien tan a la ligera se toma las normas básicas de nuestro ordenamiento jurídico".

Tras rechazar la querella contra Carrillo, en el año 2006, Garzón sí se declaraba competente para investigar los supuestos crímenes del franquismo e iniciaba una causa general con este asunto que le llevó a ser juzgado en el Tribunal Supremo por un delito de prevaricación.

El juicio contra Garzón por la causa general al franquismo

Durante el juicio por abrir la causa general al franquismo, Baltasar Garzón aseguró que tenía la "conciencia tranquila" porque tomó las decisiones que consideró "ajustadas a Derecho para investigar, perseguir y sancionar los crímenes masivos de desaparición forzada de personas". Además, añadió que abrió causa general a la dictadura franquista para que no se produjese "el olvido y la falta de memoria sobre las víctimas" ante crímenes que él consideró "permanentes".

La acusación ejercida por la asociación Manos Limpias y Libertad e Identidad defendió que Garzón cometió un delito "claro" de prevaricación cuando se saltó "a sabiendas" la Ley de Amnistía de 1977. El letrado Joaquín Ruiz Infante de Libertad e Identidad destacó que el acusado cometió "un fraude de ley" y "atentó contra el principio de legalidad" vigente. Dicho abogado señaló que el juez suspendido se movió por fines políticos cuando decidió enjuiciar el franquismo ya que no trató de hacer lo mismo con los responsables de la matanza de Paracuellos del Jarama (Madrid).

El abogado defensor de Garzón solicitó su libre absolución y defendió que la querella archivada por el magistrado sobre los fusilamientos de Paracuellos del Jarama no era comparable jurídicamente con la causa que abrió por las desapariciones durante la dictadura. Desde el punto de vista político, señalaba el letrado Gonzalo Martínez Fresneda, ambos acontecimientos son "igual de repugnantes" con episodios "tristes, trágicos, delictivos y criminales" pero jurídicamente "no tienen parangón".

Por su parte, el fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas, recordaba que en Argentina una juez había abierto una investigación sobre los crímenes del franquismo y decía que sería "patético y ridículo" que mientras en ese país se tramita una causa por esos hechos "aquí nos dediquemos a perseguir al juez que tuvo el atrevimiento de admitir esas denuncias".

Sobre la matanza de Paracuellos, el fiscal Navajas calificaba de "machacona" la comparación con las denuncias por crímenes franquistas, añadiendo que lo único que tenían en común es que en "ambos asuntos se asesinaron a personas inocentes".

Navajas añadía que Paracuellos era "un hecho puntual de saca de presos" de cárceles de Barcelona y Madrid, e "incluso hoy se está sometiendo a investigación si responsables de la República tenían implicación" en la matanza. Ha agregado que todavía se desconoce, ha dicho, si el dirigente comunista Santiago Carrillo estuvo implicado.

Finalmente, Garzón fue absuelto en esta causa porque pese a haberse "incurrido en exceso en la aplicación e interpretación de las normas" (…) porque "no alcanzan la injusticia de la resolución que requiere el tipo de prevaricación y no merece el reproche de arbitrariedad exigido en la tipicidad del delito de prevaricación objeto de la acusación".

No obstante, finalmente fue condenado a 11 años de inhabilitación y expulsado de la carrera judicial por otro delito de prevaricación por el Supremo tras ordenar la grabación ilegal en la cárcel de las conversaciones entre los presuntos cabecillas del caso Gürtel y sus abogados.

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