Menú

La mayoría izquierdista del TC admite a trámite el recurso que permitiría investir a Sánchez con la abstención de Junts

El TC ha aceptado por mayoría estudiar el recurso del PSOE que pretende recontar los 30.000 votos nulos de las elecciones generales en Madrid.

El TC ha aceptado por mayoría estudiar el recurso del PSOE que pretende recontar los 30.000 votos nulos de las elecciones generales en Madrid.
Pedro Sánchez en el Congreso. | Europa Press

La mayoría izquierdista del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este martes el recurso que permitiría investir a Pedro Sánchez como presidente del Gobierno con la abstención de Junts, el partido de Carles Puigdemont.

La Sala Segunda del Constitucional compuesta por 4 magistrados izquierdistas y dos conservadores ha aceptado por mayoría estudiar el recurso de amparo del PSOE que pretende recontar los 30.000 votos nulos de las elecciones generales del pasado 23 de julio en la provincia de Madrid y de anular la proclamación del dirigente del PP Carlos García Adanero como diputado electo.

La Sala entiende que el recurso tiene especial trascendencia constitucional porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto al plantear una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica (STC 155/2009, fundamento jurídico 2.g). Asimismo, considera que el recurso puede dar ocasión al Tribunal para aclarar o cambiar su doctrina, como consecuencia del surgimiento de nuevas realidades sociales (STC 155/2009, fundamento jurídico 2.b).

A continuación, se abre un trámite procesal en el que se da un plazo a las partes y el Ministerio Fiscal para que puedan presentar alegaciones. La Sala se reunirá la próxima semana para decidir sobre el fondo del recurso electoral. El Auto ha contado con el voto en contra de los magistrados conservadores César Tolosa y Enrique Arnaldo. Este último formulará un voto particular.

El TC recibió el pasado 28 de agosto el recurso de los socialistas, que alegaron que la negativa del Supremo había vulnerado el derecho fundamental al sufragio pasivo al "realizar una interpretación restrictiva" de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), "respecto a la realización del escrutinio general y la posibilidad de la apertura de todos los votos nulos consignados".

Póngase en contacto con nosotros en investigacion@libertaddigital.com

Temas

En España

    0
    comentarios

    Servicios

    • Radarbot
    • Curso
    • Inversión
    • Securitas
    • Buena Vida
    • Reloj Durcal