
Los últimos acontecimientos judiciales en defensa de la Constitución y la democracia en España han desencadenado todo un sprint negociador en el bloque que combate abiertamente la Carta Magna para investir presidente a Pedro Sánchez.
El PSOE había concedido ya semanas antes la amnistía reclamada por el separatismo, pero el tanto político se lo había anotado ERC. Carles Puigdemont mostró su enfado a los socialistas por ello. El golpista prófugo quería su propio tanto. El PSOE había aceptado igualmente avanzar ya para crear el entramado legal que permita un referéndum en Cataluña. Y ese debía ser el gran regalo y prueba de sumisión ante Junts. En ello se trabajaba. Pero en medio, las mayoritarias Asociación de Fiscales y Asociación Profesional de la Magistratura, sumadas a la decisiva declaración institucional del Consejo General del Poder Judicial, habían logrado accionar la palanca de defensa de la legalidad en España ante la Comisión Europea. Y en ese momento llegó el motivo que terminó de quitar el sueño a Puigdemont: el auto de imputación del juez García Castellón contra el prófugo y líder de Junts por terrorismo. Y todo se aceleró: la Comisión Europea activada, una carta del comisario de Justicia de la UE reclamando información al Gobierno de España sobre las negociaciones de la amnistía, un juez incansable imputándole personalmente actos de terrorismo… Y Puigdemont dio el paso clave: pidió al PSOE una redacción de la ley de amnistía ad hoc para librarse personalmente de esa acusación judicial.
Consecuencias jurídicas
El PSOE no tardó en regalarlo, como todo. Pero el movimiento tiene consecuencias jurídicas de altura: se prepara una ley diseñada para frenar a un juez con nombres y apellidos, para salvar a un golpista con nombres y apellidos, para sentar en el poder a un presidente con nombres y apellidos y para evitar que quien ha ganado las elecciones —un partido con nombre— acceda a la Moncloa. Y todo ello dinamita el principio de la no arbitrariedad en el uso del poder y las leyes que consagra y blinda el Tratado de la Unión. El PSOE acaba de dar paso a la mayor aberración legal vista en décadas en España… y vista en materia de desafío a la autoridad del Tratado de la Unión y de toda la UE en mucho tiempo.
La última exigencia de Puigdemont se convierte en el mayor órdago antieuropeo visto en décadas. Todas las leyes, en todas las democracias, tienen una exigencia base: la aplicación general y no arbitraria de la leyes. No puede haber leyes diseñadas para consagrar a un beneficiario en un caso particular. Y menos aún, ser el propio beneficiario el que lo regule para sacar provecho propio y hacerse con el poder.
Artículo 9 de la Constitución Española
La Constitución Española consagra esta exigencia en su artículo 9, dotándolo de la máxima protección: "Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social". Y, de forma expresa al cierre de ese mismo artículo: "La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos". Porque aprobar leyes en beneficio propio y para expulsar al resto de ese privilegio es la mayor demostración de "arbitrariedad de los poderes públicas vista en la democracia española".
Artículos 2 y 19 del Tratado de la UE
Pero todo ello aparece igualmente blindado en el Tratado de la Unión Europea. Su artículo 2 señala que "la Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres". Ni el pluralismo, ni el Estado de derecho, ni la igualdad se pueden mantener cuando las normas son dictadas por uno en beneficio de él mismo.
El artículo 19 del Tratado de la UE, además, confirma el poder de la UE para exigir estas bases democráticas: "El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comprenderá el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los tribunales especializados. Garantizará el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación de los Tratados" y "los Estados miembros establecerán las vías de recurso necesarias para garantizar la tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión".
En España las hay: por medio de un recurso previo ante el TJUE (Tribunal de Justicia de la UE). "El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunciará, de conformidad con los Tratados: sobre los recursos interpuestos por un Estado miembro, por una institución o por personas físicas o jurídicas; con carácter prejudicial, a petición de los órganos jurisdiccionales nacionales, sobre la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de los actos adoptados por las instituciones; en los demás casos previstos por los Tratados", concluye el artículo.



