El Derecho Comunitario puesto en cuestión
Una sentencia con tanta faramalla ideológica como la dictada por el juez belga rebaja el Derecho Comunitario hasta hacerlo casi dependiente del Derecho Nacional.
No le pidamos demasiadas seguridades a la institución del Derecho. Tampoco el Derecho Comunitario pasa de ser algo más que una orientación para los derechos nacionales. El caso de la injusta Ley de Amnistía aprobada por el gobierno de Sánchez ha puesto a prueba la debilidad del Derecho Comunitario. Esa norma persigue a los españoles y alimenta un autogolpe de Estado permanente del Gobierno y, de paso, intenta amnistiar a los separatistas catalanes. ¿Ha respaldado esa "ley" el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)? Las agencias de agitación y propaganda del Jefe de Gobierno no lo ponen en duda. No los creamos. Es cierto que una resolución del TJUE da un poco de aire al pacto entre los socialistas y los golpistas, sin embargo el Tribunal Supremo de España no ha perdido su autoridad. El fallo del TJUE del 16 de julio de 2026 no avaló la Ley de Amnistía, simplemente dice que "el Derecho de la Unión no se opone a la ley que concede la amnistía". El Derecho Comunitario, por decirlo groseramente, está por encima del nacional, pero en este caso concreto el TJUE no ordenó nada. Sólo dijo que "es compatible". La decisión final de aplicar la amnistía la toma el derecho español. Hay, pues, partido.
Es cierto que el ponente del dictamen, la sentencia o cómo diablos queramos llamarla, es un juez belga con mil agujeros negros en su historial profesional. No es menos cierto que en la exposición de motivos y otros fundamentos jurídicos del texto se demuestran con creces las intenciones políticas del ponente, quien llega a decir que el TJUE sólo pretende "reducir las tensiones institucionales y políticas y facilitar un escenario de reconciliación". Este rollo ideológico nadie lo cree. Es tan falso como descartar que la ley de Sánchez no afecte a intereses financieros de la UE ni que sea contraria a la directiva de terrorismo. Esos "argumentos" no tienen credibilidad alguna, pero démoslos por validos. Y ahora qué… ¿Se quedará de brazos cruzados el Tribunal Supremo español y aplicará la impresentable ley de amnistía a Puigdemont y los otros golpistas? Lo dudo. El Supremo seguirá en su tesis anterior y no cambiará fácilmente de criterio: la malversación no es amnistiable.
El Supremo considera que el delito de malversación por el que se procesó a Puigdemont no entra en la amnistía. Mantiene, pues, activa la orden de detención contra Carles Puigdemont. El Supremo insiste en que es la propia ley la que excluye la amnistía si hubo "propósito de enriquecimiento". Y entiende por "enriquecimiento" también obtener cualquier beneficio patrimonial, no solo aumento de capital. Sí, reiteremos, es la propia Ley de Amnistía en su artículo 1.2 excluye los delitos con "ánimo de lucro". La posición del Supremo descalifica al ministro de Sánchez que ha aconsejado a Puigdemont que regrese, porque nadie se atreverá a encerrarlo en la cárcel. Falso. El Tribunal Supremo puede hacerlo, sencillamente, porque mantiene activa la orden de detención europea contra el golpista Puigdemont. Así las cosas, puede interpretarse que el TJUE avaló la ley en general, pero no le dice cómo tiene que interpretar cada delito. O sea Puigdemont no se atreverá a regresar a España.
Por otro lado, tampoco está claro que el Tribunal de Cuentas esté obligado por el TJUE a "reanudar el proceso y aplicar la amnistía". El TJUE no obliga al Tribunal de Cuentas a archivar y dejar de exigir los 5,4 millones de euros a los 34 golpistas "amnistiados". El TJUE sólo responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal de Cuentas, pero en absoluto le obliga a exonerarlos… El Derecho Comunitario condiciona, pero no obliga directamente al Tribunal de Cuentas a aplicar la amnistía. Nada en Derecho es seguro, como dice el refrán, al 100%. El TJUE se pronunció con ambigüedad y el Supremo respondió sin "contestar", aunque suene a paradoja, con claridad y contundencia. El Tribunal de Cuentas también podría esperar y no aplicar como le "sugiere" el TJUE. Este tribunal, si mantiene las pautas que ha seguido hasta ahora con el rollo de los separatistas catalanes, podría volver a pedir más informes y seguir dilatando la aplicación de la Ley de Amnistía… No creo que el Tribunal de Cuentas archive el asunto antes de seis meses.
En fin, el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional deberían reanudar los procesos que tenían suspendidos y ajustarse al dictamen del TJUE, pero cómo lo harán es todo un enigma… Dos cosas veo con claridad: el Supremo se mantiene en sus posiciones y Puigdemont seguirá fugado de la Justicia. Y, en segundo lugar, una sentencia con tanta faramalla ideológica como la dictada por el juez belga rebaja el Derecho Comunitario hasta hacerlo casi dependiente del Derecho Nacional. ¡Adiós a la UE y sus tribunales de Justicia!
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