
Entre los flecos judiciales pendientes del golpe de Estado restaba aclarar la condena a los diputados separatistas que formaron parte de la mesa del parlamento presidida por Carme Forcadell que dieron luz verde a la tramitación de las llamadas "leyes de desconexión". Anna Simó, Ramona Barrufet, Lluís Corominas y Lluís Guinó habían sido condenados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a 24 meses de inhabilitación y multa de 30.000, pero tanto la inhabilitación como la multa se han visto sensiblemente reducidas.
Las defensas recurrieron esa sentencia ante el Tribunal Supremo y alegaron falta de imparcialidad de los magistrados que habían juzgado a los diputados independentistas. El alto tribunal ordenó la repetición del juicio y ahora, con otra composición en el tribunal autonómico, los cuatro exdiputados se han visto notablemente favorecidos. De entrada, la multa económica cae hasta extremos prácticamente ridículos, igual que la inhabilitación. Pero es que, además, el fallo da por cumplida la inhabilitación porque los condenados no se han podido presentar a las elecciones durante estos años.
Los exdiputados separatistas fueron condenados por primera vez en 2020 por desobediencia por dar luz verde a las llamadas "leyes de desconexión", unas normas con las que los partidos independentistas pretendían dar cobertura legal a la celebración del referéndum ilegal así como a la proclamación de la independencia. En dichas leyes se llegaba a atribuir al presidente de la Generalidad la potestad de nombrar al presidente de un hipotético tribunal supremo de una no menos hipotética república catalana independiente.
Los magistrados recusados fueron el presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, y Carlos Ramos. El Tribunal Supremo apreció parcialidad en algunos pronunciamientos anteriores sobre extremos incluidos en la causa. Contra la nueva sentencia también cabe recurso, pero las defensas todavía no han anunciado si volverán a recurrir al Tribunal Supremo.

