
El Tribunal Supremo ha estimado un recurso presentado por el sindicato Jupol y ha ordenado al Gobierno de Pedro Sánchez regular la jubilación anticipada para los agentes de la Policía Nacional que ingresaron en el cuerpo a partir del 1 de enero de 2011. Estos policías están encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social, a diferencia de sus compañeros que accedieron antes de esa fecha y que pertenecen al Régimen de Clases Pasivas, que sí contempla la jubilación anticipada.
La sentencia considera que esta diferencia de trato constituye una vulneración del derecho a la igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española, y establece que se debe iniciar el procedimiento y elaborar una disposición reglamentaria que garantice a estos agentes el acceso a la jubilación anticipada en igualdad de condiciones con otros cuerpos policiales, como la Ertzaintza, los Mossos d’Esquadra, la Policía Foral de Navarra y las Policías Locales.
El origen del conflicto se remonta a la reforma de la Ley General de la Seguridad Social en 2011, que incluyó a los nuevos agentes de la Policía Nacional en el Régimen General. Esta situación generó una discriminación con respecto a quienes ya formaban parte del cuerpo y conservaban los beneficios del Régimen de Clases Pasivas. Además, otros cuerpos policiales de carácter civil han mantenido el derecho a jubilarse de forma anticipada mediante la aplicación de coeficientes reductores. Ante esta desigualdad, Jupol presentó una solicitud al Consejo de Ministros para aplicar estos coeficientes también a los agentes afectados, pero la Administración respondió con silencio administrativo, lo que motivó la interposición del recurso.
"Victoria histórica"
El Tribunal Supremo ha reconocido que los miembros de la Policía Nacional desempeñan una profesión de riesgo equiparable a la de otros cuerpos policiales, y que no existe justificación para el trato desigual. Esta sentencia representa, según palabras del secretario general de Jupol, Aarón Rivero, una "victoria histórica" que pone fin a una injusticia que excluía a miles de agentes del derecho a una jubilación digna. Rivero ha instado a Fernando Grande-Marlaska a cumplir inmediatamente con el fallo del Tribunal y a no obstaculizar su aplicación. Además, Jupol valora como un "hito en la lucha por la jubilación digna" y ha advertido de que "no cesará hasta lograr su aplicación efectiva". El sindicato también ha criticado el "silencio administrativo" del Consejo de Ministros a la solicitud sindical para aplicar coeficientes reductores de la edad de jubilación a estos agentes.
Coincidiendo con la publicación de esta sentencia, el Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que establece los criterios y el procedimiento para aplicar coeficientes reductores de la edad de jubilación en ocupaciones especialmente penosas, peligrosas o insalubres. Según explicó la ministra de Inclusión, Elma Saiz, el objetivo es proteger a trabajadores expuestos a condiciones laborales especialmente duras o con elevados índices de siniestralidad, enfermedades profesionales, morbilidad o mortalidad. Entre los factores que se tendrán en cuenta figuran la exposición a temperaturas extremas, ruidos, vibraciones, el uso intensivo de la fuerza física o el contacto con agentes químicos o biológicos.
Hasta ahora, el Gobierno había rechazado reconocer a la Policía Nacional y la Guardia Civil como profesiones de riesgo, a pesar de que esta condición ya se había otorgado a otros colectivos como los bomberos o agentes forestales. El fallo del Tribunal Supremo supone un cambio de rumbo y reconoce jurídicamente que los agentes de la Policía Nacional sí ejercen una profesión de riesgo, abriendo así la vía para que se regule la jubilación anticipada en igualdad con el resto de cuerpos policiales.