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Ese negocio llamado inflación

Desde que gobierna Pedro Sánchez (02.06.2018), la inflación se percibe como el problema de España.

No se alarmen por el título que, por lo escueto, puede ser objeto de escándalo para no pocos. Asumo, que pueda provocar censura para aquellos, sufridores habituales de los procesos inflacionarios, que serán la mayor parte de la población, sobre todo los de rentas más bajas.

Hablamos, de los consumidores finales de bienes y servicios, a los que un incremento de precios por encima de los incrementos de sus rentas (sueldos, salarios, pensiones…) implica empobrecimiento en sus condiciones de vida. Estos son los grandes sufridores de la inflación.

¿Quiénes pueden ser los beneficiarios? Observando el escenario global, un agente destaca por sus posibilidades frente a los demás. Hablamos del Estado, a través de sus poderes fiscales; del sistema tributario, que es a la vez parte del problema – la inflación –y que aparece también como beneficiario de la misma.

De todo el mapa fiscal, destacan figuras varias de tributos/impuestos, cuya liquidación gira sobre el valor de los actos – fundamentalmente transacciones –, aquellos que conocemos como impuestos ad valorem. Es decir que la base sobre la que se aplica el tipo tributario es el valor de la transacción – precio en unos casos como el IVA, el Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados, o valoración de la masa hereditaria en el Impuesto de Sucesiones… –.

En todos estos casos los sujetos afectados por la tributación discrepan en sus consecuencias: el Estado, y para evitar eufemismos, el Gobierno de la Nación, como administrador y gestor de las rentas y bienes del Estado, se encuentra con un aumento de los ingresos por recaudación en la cuantía porcentual equivalente a como se hayan incrementado los precios (inflación). Una ventaja, un negocio diríamos, que se produce sin que el Gobierno tenga que tomar decisión alguna; automáticamente.

Esta ventaja (negocio), puede verse incrementada adicionalmente en casos de decisiones públicas por las que incrementa el tipo tributario. Aunque es frecuente que se produzca, no tanto por incremento de los tipos tributarios, que también, como por la eliminación de bonificaciones anteriormente establecidas.

Tal es caso de las bonificaciones del Real Decreto-Ley núm. 20 de 2022, para aliviar la situación económica de las familias que, siendo temporal y extraordinaria, se prorrogaría durante 2023, pero que en 2025 sería eliminada, liquidándose el IVA a los tipos anteriores al año 2022.

Algo semejante ocurre mediante impuestos específicos, como es el caso de la energía – electricidad, gas natural, madera y pellets – que, aunque inciden sobre la producción, las empresas trasladarán su cuantía a los precios, favorecidas por la imperfección de sus mercados.

Desde que gobierna Pedro Sánchez (02.06.2018), la inflación se percibe como el problema de España. Hoy podemos decir que la subida de los precios desde 2020 hasta fin de 2025 se cifra en el 22,1% (INE), mientras los salarios por convenio en esos años, se incrementaron en un 16,7% (Estadística de Convenios Colectivos – Ministerio de Trabajo).

Obsérvese el empobrecimiento de los salarios en términos reales y enriquecimiento del Estado/Gobierno a 30 de noviembre 2025, de un 10,0% más de recaudación (301.355 millones de euros), frente al mismo período del año 2024.

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