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Antonio Robles

Permisos penitenciarios y responsabilidad penal

Vivimos en un sistema garantista en el que a menudo nos olvidamos de las víctimas y de su entorno.

El 25 de junio de 1992 un juez otorgó permiso penitenciario de seis días al preso Juan Manuel Valentín Tejero, condenado por dos violaciones y numerosos abusos sexuales, a pesar de los dictámenes en contra de los expertos de la prisión de Villanubla, donde cumplía condena. Ese día, fiesta mayor en el pueblo de Valladolid Villalón de Campos, la niña de nueve años Olga Sangrador fue secuestrada, violada, torturada y finalmente asesinada de la manera más cruel por el preso con permiso penitenciario. Todavía nos estremecen las terribles palabras de su madre destrozada por el dolor: "La penetró por todos lados, abusó de ella de todas las formas que quiso"; intentó estrangularla, metió su cuerpo en un hoyo y cuando la iba a sepultar detectó que aún movía levemente un brazo, así que no dudó en coger una barra de hierro y golpearla en la cabeza hasta su fallecimiento. "Ese tipo la destrozó". Así lo recoge la autopsia. Los informes presentados en el juicio añaden que cubrió el cadáver con tierra, pasó con un todoterreno por encima de la fosa para asentar el terreno y se fue.

La pequeña Olga Sangrador murió esa noche del verano de 1992 porque un violador quiso borrar el rastro de su fechoría, pero el violador pudo hacerlo porque disfrutaba de un permiso carcelario que un juez concedió. ¿Culpable el juez? No, pero sí responsable.

Este caso, tantas veces repetido por la piadosa condescendencia de las políticas de reinserción, ha vuelto a generar alarma social y estupor ante la detención de Antonio Ortiz, al parecer libre por haberle sido concedido el tercer grado por la Audiencia Provincial de Madrid y, dos años después, la libertad antes de finalizar su condena. Sólo en el último año ha secuestrado y violado a cinco menores, e intentado otros tres.

La filosofía de la reinserción es razonable; sin esperanza para el preso, la reinserción se torna muy difícil. Pero en los casos de delito sexual suele fracasar. Creo que la junta que hace el seguimiento de los presos y los jueces que tienen la última palabra para conceder beneficios penitenciarios han de tener algún tipo de responsabilidad en sus decisiones. Si un juez concede un permiso o pone en libertad a un preso, ha de estar absolutamente seguro de que no volverá a delinquir, porque de lo contrario estaría jugando a la ruleta rusa con la seguridad de ciudadanos. Seguramente estaría obligando a la sociedad a correr un riesgo que de ninguna manera querría para sí, si el beneficiado por su permiso penitenciario hubiera de pasar los días concedidos en el entorno lúdico de sus hijas.

No digo que el juez no calcule su decisión con responsabilidad, pero si las consecuencias recayesen también sobre él, seguramente sería otra. Y si fuera otra, algo mal estaríamos haciendo.

Vivimos en un sistema garantista en el que a menudo nos olvidamos de las víctimas y de su entorno; es decir, de su familia, amigos, etc., que sufren la pérdida o la agresión con infinito dolor, porque el sufrimiento de quien entierra a sus muertos persiste mientras viva. Y nos centramos en cómo no dañar más de la cuenta a los culpables. Ante la duda, decimos, es mejor liberar a un culpable que encarcelar a un inocente. Ante la duda, añado, es preferible no dar un permiso penitenciario a un delincuente sexual que arriesgarse a que un inocente sufra su violencia.

La única solución medianamente eficaz hasta la fecha es la castración química voluntaria o los inhibidores de la libido, homologados por países como EEUU o Francia. En la mayoría de los casos, los agresores sexuales están tan presos de sus obsesiones como el sistema penitenciario de reinsertarlos. Pongamos el debate sobre la mesa.

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