El hostelero insumiso de El Álamo: "Me van a multar con 600.000 euros"
La Taberna Montecarlo, en El Álamo (Madrid), ha sido expedientado por permitir fumar. "La multa será de 600.000 euros", según el dueño. (Volver)
Vendeano dijo el día 17 de Enero de 2011 a las 12:15:58:
Si, casi se le caen las lágrimas a la inspectora pero abrió denuncia. Un caso de 'obediencia debida', de sujetos éticos transformados en engranajes de la tiranía. No se lo reprocho a la inspectora, sólo constato que puede tocarnos a todos un dia, ser un ladrillo más en el muro, un engranaje más o menos grande de la máquina infernal. Banalidad del mal. Por acción y por omisión.
600.000 euros por permitir fumar en SU negocio, en SU local, local PRIVADO abierto a sujetos LIBRES Y RESPONSABLES. Y, mientras, en el ESPACIO PÚBLICO, en el que respiramos y vivivos velis nolis todos, ese que 'no es de nadie' y 'pertenece al viento', comunidades autónomas incumpliendo no reglamentos, ni leyes, sino derechos y deberes fundamentales, desacatando resoluciones judiciales; el gobierno permitiendo la existencia de ayuntamientos terroristas, pactando con terroristas, subvencionando a terroristas, liberando terroristas, chivándose a terroristas...
La que se nos viene encima. Estas son las grandes ocasiones, no las que deciden la vida y la muerte de las naciones, sino las que nos dicen si estamos o no definitivamente muertos. Si no reaccionamos ya conocéis la respuesta.
ennegrec dijo el día 17 de Enero de 2011 a las 12:11:18:
Los taliban antitabaco que nos gobiernan y los cobardes que les sirven han vuelto a actuar.
Yo ya tengo las barbas a remojo, los pelos y el vello, por si acaso.
SPQR dijo el día 17 de Enero de 2011 a las 12:10:33:
Sr Campoman, deje de hacer el dictadorzuelo Y PIDA QUE LA ADMINISTRACION RESPETE EL ESTADO DE DERECHO, y que las personas que deban de ser sancionadas lo sean POR SUS JUECES Y TRIBUNALES ESTABLECIDOS POR LA LEY. Y que sean esos jueces quienes decidan que leyes y que derechos son prioritarios atendiendo a la Constitución, y al resto del ordenamiento jurídico.
NO MAS PENAS SIN JUECES
Deveraux dijo el día 17 de Enero de 2011 a las 12:08:59:
#SPQR
jajaja qué pesado eres con tu "normativa talibán pro-humo", tío. Más ridiculo no se puede ser, día sí y día también.
Seguro que os parece fatal esta noticia, que os conozco:
"Los estanqueros de Baleares registran descensos en sus ventas del 25%"
Fuera el tabaco ya, hombre !!!
alberton dijo el día 17 de Enero de 2011 a las 12:07:48:
Menos mal que todavía hay gente con un par de cojones, ole. El resto callados.... Como todos los partidos están de acuerdo nadie tiene huevos a presentar un recurso de inconstitucionalidad... Que pena de país eres propietario de un bar y el estado te prohibe fumar en tu propiedad privada.... Lamentable.
SPQR dijo el día 17 de Enero de 2011 a las 12:05:13:
Artículo 22.
En el orden civil, los Juzgados y Tribunales españoles serán competentes:
1.
Con carácter exclusivo, en materia de derechos reales (PROPIEDAD)
jlcarriz dijo el día 17 de Enero de 2011 a las 12:05:01:
Los políticos se están volviendo locos, hacen todo lo posible para seguir manteniendo el poder. No veo ningún freno a este despropósito, es la ley del tabaco, ahora con la nueva ley de Pajín para la "igualdá de trato", mañana será la de prohibido pensar... no vamos a saber ni cuándo delinquimos. Estoy seguro que va a haber más casos de huelga de hambre, es desesperante.
SPQR dijo el día 17 de Enero de 2011 a las 12:02:12:
Evidentemente se trata de una sanción ilegal como ya apunte en otros comentarios.
A ver si se enteran
REDACTORES DE LIBERTAD DIGITAL!!! ESTAS MULTAS SON ILEGALES E INCONSTITUCIONALES POR QUE ATENTAN CONTRA EL DERECHO AL JUEZ NATURAL, ATENTAN CONTRA LOS DERECHOS HUMANOS.
LEY ORGANICA PODER JUDICIAL:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
El artículo 1 de la Constitución afirma que España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
Es Estado de derecho, al implicar, fundamentalmente, separación de los poderes del estado, imperio de la Ley como expresión de la soberanía popular, sujeción de todos los poderes públicos, a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico y garantía procesal efectiva de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, requiere la existencia de unos órganos que, institucionalmente caracterizados por su independencia, tengan un emplazamiento constitucional que les permita ejecutar y aplicar imparcialmente las normas que expresan la voluntad popular, someter a todos los poderes públicos al cumplimiento de la Ley, controlar la legalidad de la actuación administrativa y
ofrecer a todas las personas tutela efectiva en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos.
Artículo 22.
En el orden civil, los Juzgados y Tribunales españoles serán competentes:
en materia de obligaciones extracontractuales, cuando el hecho del que deriven haya ocurrido en territorio español o el autor del daño y la víctima tengan su residencia habitual común en España;
Asimismo, en materia de contratos de consumidores, cuando el comprador tenga su domicilio en España si se trata de una venta a plazos de objetos muebles corporales o de prestamos destinados a financiar su adquisición; y en el caso de cualquier otro contrato de prestación de servicio o relativo a bienes muebles, cuando la celebración del contrato hubiere sido precedida por oferta personal o de publicidad realizada en España o el consumidor hubiera llevado a cabo en territorio español los actos necesarios para la celebración del contrato; en materia de seguros, cuando el asegurado y el asegurador tengan su domicilio en España; y en los litigios relativos a la explotación de una sucursal, agencia o establecimiento mercantil, cuando este se encuentre en territorio español.
LA LEY Y LAS SANCIONES SON ILEGALES por que atribuyen a la administración asuntos que son de la jurisdicción civil.
Esto es una indefensión total.
A ver si empezamos a atacar las cosas por donde se debe.
viplafo dijo el día 17 de Enero de 2011 a las 11:59:58:
Soñemos: director de colegio catalán multado con 600.000 euros por no respetar el uso del castellano. Más: consejero de educación catalán inhabilitado por 10 años para cargo público por acosar a los castellanoparlantes... Volvamos a la realidad: como dijo Pablo Iglesias, si no recuerdo mal: respetaremos la ley mientras nos convenga.
Borjaox dijo el día 17 de Enero de 2011 a las 11:56:35:
Pues que recurra (o alegue, en su caso), porque según la Ley Antitabaco la máxima sanción que podrían aplicarle es de 10.000 euros.
Las únicas conductas que pueden sancionarse con hasta 600.000 euros son las de "publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco en todos los medios, incluidos los servicios de la sociedad de la información".
Imagino que lo único que habrán por el momento es denunciarle, pero si finalmente existe resolución sancionadora por ese importe también tendría que plantearse una querella por prevaricación...