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La decisión del Tribunal de Justicia de la UE acerca "un poco" la entrega de Puigdemont a España

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital destacan que "aún queda mucho camino por recorrer para que Puigdemont pueda ser entregado a España.

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital destacan que "aún queda mucho camino por recorrer para que Puigdemont pueda ser entregado a España.
El expresidente catalán Carles Puigdemont y su abogado Gonzalo Boye. | EFE

La decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acerca "un poco" la entrega del expresidente catalán fugado Carles Puigdemont y del resto de golpistas huidos a España.

El TJUE daba la razón este martes al instructor del 1-O, Pablo Llarena, al resolver que la Justicia belga no puede rechazar la entrega de los encausados por el golpe reclamados para ser juzgados en España, basándose en el riesgo de que se violen sus derechos fundamentales. Los quince jueces de la Gran Sala del TJUE sostenían que Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig deberían haber sido entregados a nuestro país y que ningún Estado miembro de la UE puede hacer caso omiso de las peticiones de otro Estado miembro.

Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital reciben la resolución del TJUE "con prudencia y optimismo contenido, porque aún queda mucho camino por recorrer para que Puigdemont pueda ser entregado a España, sólo se ha dado un pasito más".

"En el caso del expresidente catalán y de los exconsejeros Antoni Comín y Clara Ponsatí, el magistrado del Supremo Pablo Llarena no podrá emitir una nueva euroorden adaptada a los cambios del Código Penal efectuados por el Gobierno de Pedro Sánchez mientras se mantenga cautelarmente la inmunidad que les retiró el Parlamento europeo", añaden.

En este contexto, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) deberá dilucidar si Puigdemont, Comín y Ponsatí gozan de inmunidad parlamentaria por su condición de eurodiputados o si, como sostiene el Parlamento Europeo, no son eurodiputados porque no completaron los trámites legales para asumir el acta y, por tanto, ni son eurodiputados ni gozan de inmunidad alguna. Se prevé que el TGUE decida a finales de febrero o principios de marzo sobre esta cuestión.

Las mismas fuentes jurídicas consultadas por LD destacan que "en el caso del exconsejero Lluís Puig aún se debe esperar a recibir oficialmente una copia íntegra de la sentencia del TJUE, para que el instructor Llarena ajuste la euroorden a todas los aspectos técnicos que se contengan en la sentencia".

"También habrá que esperar a que haya una evaluación estable en el Tribunal Supremo sobre los delitos concretos que son imputables a Puig, tras la derogación de la sedición y la reforma de la malversación. La euroorden tendrá que efectuarse una vez el Supremo alcance una conclusión definitiva sobre este aspecto", concluyen.

El TJUE deja una "vía de escape" a las golpistas

Las mismas fuentes consultadas por este diario lamentan que la sentencia del TJUE ha dejado "una vía de escape" para los golpistas que sin duda, será utilizada ante las autoridades judiciales belgas para rechazar la futura euroorden contra Puigdemont y el resto de fugados una vez pierdan la inmunidad. Concretamente, la resolución del TJUE afirma que "cuando la persona buscada alegue que su entrega al Estado miembro emisor (en este caso, España) la expondría a una vulneración del derecho fundamental a un proceso equitativo, porque en dicho Estado miembro sería enjuiciada por un órgano jurisdiccional carente de competencia a tal efecto, la autoridad judicial de ejecución (en este caso, los tribunales belgas) debe apreciar el fundamento de dicha alegación mediante el examen en dos fases establecido por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia".

"Esta autoridad deberá, pues, examinar: En primer lugar, si existe un riesgo real de vulneración de ese derecho fundamental debido a deficiencias sistémicas o generalizadas en el funcionamiento del sistema judicial del Estado miembro emisor o a deficiencias que afecten a la tutela judicial de un grupo objetivamente identificable de personas al que pertenezca el interesado. Seguidamente, en su caso, de modo concreto y preciso, si, habida cuenta de la situación individual de esa persona, de la naturaleza de la infracción y del contexto fáctico, existen razones serias y fundadas para creer que dicha persona correrá tal riesgo en caso de ser entregada a dicho Estado miembro", añade el TJUE. Esta argumentación del TJUE ha sido ya aplaudida por las defensas de los golpistas.

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