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Montero se convierte en el escudo del hermano de Sánchez: "Tenga en cuenta que Hacienda no generó reclamación alguna"

Debe ser el único caso de un contribuyente español que encuentra en Hacienda no a un inspector sin escrúpulos, sino a un defensor pleno y entregado.

Debe ser el único caso de un contribuyente español que encuentra en Hacienda no a un inspector sin escrúpulos, sino a un defensor pleno y entregado.
La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, antes de comparecer ante el pleno del Senado este miércoles. | EFE

Hacienda asegura que el hermano de Pedro Sánchez hizo todo bien. Lo ha plasmado en un informe, sin firma, remitido al Juzgado que investiga a David Sánchez por cinco delitos y donde no se aporta ningún dato adicional, salvo el hecho de que el departamento de la vicepresidenta María Jesús Montero considera que es legal autodeclararse no contribuyente español del IRPF pese a obtener todos lo ingresos conocidos en España —la ley del IRPF dice exactamente lo contrario— y que es absolutamente normal y en absoluto digno de comprobación acumular más de dos millones de patrimonio con menos de 300.000 euros de ingresos conocidos.

Pero Montero puede tener un problema con este informe. Y es que la defensa da señales de haber tejido una estrategia perfectamente coordinada con Hacienda, hasta el punto de que su gran apoyo argumental es, precisamente, que en Hacienda "no se ha generado reclamación administrativa alguna". Debe tratarse del único caso de un contribuyente español que encuentra en Hacienda no a un inspector sin escrúpulos, sino a un defensor pleno y entregado. Y eso es, cuando menos, llamativo.

Sin reclamación administrativa de clase alguna

La defensa del hermano de Pedro Sánchez señala lo siguiente en sus escritos al Juzgado, a los que ha tenido acceso Libertad Digital: "Téngase en cuenta, además, que otros dos hechos que parecen ser imputados a nuestro defendido —la asignación de la plaza y su residencia fiscal— no han generado reclamación administrativa de clase alguna".

Toda una seguridad en la bondad del Fisco más que llamativa. Todo un ejemplo de confianza en un organismo que, perfectamente, podría abrir en este mismo instante una comprobación de la situación fiscal del hermano del presidente, puesto que su cobro de la Diputación de Badajoz prosigue y, por lo tanto, hay ejercicios sin prescribir a efectos de inspección.

Traducido: David Sánchez es el único contribuyente español que confía plenamente en que no tendrá una inspección por los mismo motivos por los que todo el resto de afectados sí están inmersos en un plan de inspección específico, justo por lo mismo que ha hecho David Sánchez: declarar su residencia aparentemente fuera de España —en Portugal— para escapar a las subidas fiscales de, principalmente, Pedro Sánchez.

"Como se desprende de la documental unida al proceso, ninguno de los aspirantes que concursaron con D. David en el expediente de adjudicación de referencia formalizaron recurso en orden a la revisión de esa decisión administrativa, allanándose con el resultado, sin queja. Por otro lado, ya adelantamos que la Agencia Tributaria tampoco se ha dirigido a él demandando explicación o proponiendo sanción, a pesar de la información fiscal que la Diputación de Badajoz ha enviado, como es obligado, a la primera administración mencionada", afirma confiada la defensa de David Sánchez.

"Si a lo anterior se une que el artículo 305 exige como condición objetiva de punibilidad alcanzar el umbral defraudatorio de 120.000 euros, y que de este dato no hay ni rastro en todo el procedimiento, se llegará a la conclusión de la debilidad de todas estas acusaciones desde la óptica de la tipicidad", añade la defensa. Y todo ello lo argumenta a pesar de que no ha dado ni una explicación al hecho de que, con menos de 300.000 euros en ingresos, el hermano de Sánchez haya conseguido acumular más de dos millones en patrimonio.

Enriquecimiento ilícito

"Las mismas prevenciones es menester observar respecto al controvertido tipo de enriquecimiento ilícito, que entró en vigor el 12 de enero de 2023. Sanciona, como es sabido, el incremento patrimonial o la cancelación de obligaciones o deudas por un valor superior a 250.000 euros respecto a los ingresos acreditados del autor, y éste se negara abiertamente a dar el debido cumplimiento a los requerimientos de los órganos competentes destinados a comprobar su justificación", añade la defensa de David Sánchez.

Causa prospectiva

"Tampoco puede decirse objetivamente que las acusaciones populares personadas hasta el momento hayan hecho nada por adverar indiciariamente, como es preceptivo para no incurrir en más denuncias prospectivas, ninguna de estas servidumbres legales. Es llamativa de igual modo la elusión de cualquier mención, al menos aproximada, al momento de comisión de este pretendido delito contra la administración pública, de vida breve, como hemos significado, por no hablar del quantum requerido, que no es precisamente baladí", concluye la defensa, deslizando una acusación contra la juez por haber admitido una supuesta causa "prospectiva".

"Nos situamos así ante una paradigmática derivada de la periclitada técnica procesal de inversión de la carga de la prueba que emana, a juicio del denunciante, con el enunciado del currículo del investigado, sin más aditamento, cotejado con la hoja de activos publicada del Sr. Sánchez en atención a su condición de funcionario de alta dirección. Así de simple", confirma la defensa la acusación de poco menos que una especie de lawfare contra su persona.

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