
La Audiencia Provincial de Logroño ha desestimado el recurso presentado por el dueño de un perro llamado Gótico, que había denunciado a la Asociación Protectora de Animales de La Rioja (APA Rioja) y a un centro veterinario por haber esterilizado a su animal y haberle puesto un nuevo microchip para ofrecerlo en adopción.
El propietario había perdido al perro y, posteriormente, descubrió en redes sociales que APA Rioja lo tenía para darlo en adopción. La protectora alegó que no pudo identificar al dueño porque el microchip original no pudo ser leído en dos ocasiones, por lo que colocó otro y comenzó los trámites de adopción. También procedió a esterilizar al animal porque la ley de bienestar animal lo exige antes de entregarlo a unos nuevos propietarios.
El dueño, sin embargo, consideró que la protectora había actuado con falta de diligencia al no comprobar correctamente la identidad del animal y defendió que esos hechos podían constituir un delito de maltrato animal. Sin embargo, la Audiencia Provincial no comparte esa interpretación.
No hubo delito de maltrato
La Sala recuerda que el delito de maltrato animal previsto en el artículo 340 bis del Código Penal es un delito doloso, es decir, exige una actuación intencionada. En este caso, aunque hubiera existido esa falta de cuidado en la identificación del perro, la Audiencia descarta que la protectora actuara con intención de hacer daño al animal, por lo que se descarta el delito de maltrato animal.
Los magistrados también recuerdan que la ley de bienestar animal obliga a esterilizar a los animales que vayan a ser entregados en adopción. La protectora, por tanto, estaba actuando conforme a esa normativa cuando procedió a esterilizar al perro.
La Sala añade incluso otra consideración: duda de que una esterilización pueda encajar en el concepto de 'lesión' que utiliza el Código Penal para este delito. Los magistrados señalan que se trata de una intervención veterinaria que no menoscaba la salud del animal, aunque elimine su capacidad reproductiva.
Con estos argumentos, la Audiencia Provincial de Logroño ha desestimado el recurso del propietario y confirmado el archivo de la causa.

