Menú
EDITORIAL

Una pena injusta que ni castiga ni disuade

Dada la cuasi impunidad que este fallo les otorga, no es de extrañar que los condenados golpistas lo tomen como un espaldarazo al proceso separatista.

Tras la bochornosa sentencia del TSJC que absuelve a Artur Mas del delito de prevaricación y sólo le condena a dos años de inhabilitación para ejercer cargo público por un delito de desobediencia, no es de extrañar que el condenado a tan ridícula pena por la ilegal consulta secesionista del 9-N haya comparecido raudo y triunfante ante los medios de comunicación en la sede de su partido bajo un cartel con la elocuente proclama de: "Lo volvería a hacer". Tampoco es de extrañar que el presidente de la Generalidad, Carles Puigdemont, haya comparecido igualmente para reiterar su compromiso con la celebración de una nueva y no menos ilegal consulta secesionista este mismo año.

Desde que Eduardo Torres Dulce presentara su dimisión como fiscal general del Estado tras instar, a iniciativa propia, las actuaciones contra Mas, Joana Ortega e Irene Rigau por los delitos de usurpación de funciones, desobediencia, prevaricación y malversación de fondos públicos, la politizada administración de justicia, con el concurso de la Fiscalía y en concordancia con el pusilánime Gobierno de Rajoy, partidario de restablecer el orden constitucional en Cataluña por la vía del "diálogo", fue paulatinamente reduciendo los cargos contra los acusados hasta reducirlos únicamente a los de desobediencia y prevaricación, lo que significaba que no tendría que ingresar en prisión ninguno de ellos, para los que la Fiscalía ya sólo pedía diez años de inhabilitación para el desempeño de cargo público.

La sentencia de este lunes del TSJC absuelve a los tres acusados del delito de prevaricación con una argumentación jurídica no menos peregrina que aquella con la que en su día decidió retirar la acusación de malversación de fondos públicos. Si entonces la Fiscalía lo hizo alegando el engañoso e irrelevante hecho de que los gastos de la Generalidad destinados al 9-N habían sido acordados antes de que el Constitucional suspendiera la consulta, el TSJC absuelve ahora a los acusados del delito de prevaricación diciendo que en sus actuaciones no hubo más prevaricación que la inherente al delito de desobediencia.

Con semejante interpretación, el TSJC oculta el hecho de que los acusados no se limitaron a desobedecer sin más la suspensión de la consulta ordenada por el TC, sino que idearon y ejecutaron arteros cambios en la convocatoria y la denominación de la misma –"proceso participativo" en lugar de "consulta" o, anteriormente, "referéndum"– a sabiendas de que tampoco se ajustaban a Derecho y con la única finalidad de dar apariencia de legalidad a lo que a todas luces era un delito de desobediencia. Así pues, condenarlos por los dos delitos no hubiera sido en ningún caso, tal y como da a entender la sentencia, desatender el conocido principio de non bis in idem, que proscribe castigar dos veces un mismo delito, sino el reconocimiento de algo tan evidente como que la celebración del 9-N supuso la comisión de más de un delito.

El caso es que esta vergonzosa sentencia sólo castiga tan grave desafío al Estado de Derecho con una ridícula pena de dos años de inhabilitación para cargo público y una multa diaria de cien euros durante doce meses. Dado que Mas ya estaba inhabilitado políticamente por sus socios de la CUP a cuenta de la corrupción de su partido, y que la multa la podría incluso recolectar entre los ciudadanos partidarios de la independencia, se entiende que el expresidente regional se jacte de que volvería a hacer lo mismo y que Puigdemont pretenda tomarle el testigo.

Por desobediencias incomparablemente menos graves que las perpetradas por Mas, Ortega y Rigau han ingresado en prisión numerosos ciudadanos españoles, empezando por aquella anciana que se negó a derribar parte de la casa en la que vivía con cinco personas a su cargo. No faltarán, sin embargo, partidarios de la pusilanimidad judicial y política frente al nacionalismo a los que la ominosa lenidad de esta sentencia les parezca bien, como lamentablemente se lo ha parecido a PP y a Ciudadanos, con el argumento de que no conviene excitar el "victimismo" de los secesionistas; argumento tan recurrente como absurdo, por cuanto las sentencias a lo que se tienen que ajustar es a Derecho, no a pretensión política alguna; y por cuanto la desfachatez y el victimismo de los nacionalistas siempre hay que darlos por descontados, tal y como evidencian sus propias reacciones a esta sentencia o la decisión de Mas de recurrirla ante el TC.

Lamentablemente, este fallo es acorde con la no menos vergonzosa y edulcorada versión de la consulta del 9-N que dio Rajoy tres días después de que los acusados la perpetraran, con la absurda pretensión de que había cumplido su deber de hacer cumplir la ley en Cataluña. Dada la cuasi impunidad que este fallo judicial les otorga, es lógico que los condenados golpistas lo tomen como un espaldarazo al proceso separatista. Por desgracia, y por mucho que no sea ese el deseo del tribunal sentenciador, no otra cosa es.

Temas

En España

    0
    comentarios