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Daniel Rodríguez Herrera

El Tribunal Supremo y el eMule

No sé qué pensarán ustedes, pero a mí eso de meter en la cárcel o simplemente llevar a juicio a una mujer cuyo única culpa comprobada es la de buscar en la red vídeos de bebés, mamás y papás me parece un poco excesivo

Qué quieren que les diga; el dictamen del Tribunal Supremo declarando la legalidad de las pruebas obtenidas en eMule me parece de sentido común. Los datos que voluntariamente cedemos en internet son tan públicos como los que voluntariamente cedemos por otros medios: si ponemos un anuncio en la sección de relax de algún diario con nuestra foto y nuestro teléfono luego no deberíamos tener derecho a quejarnos si alguien nos echa en cara esas actividades extracurriculares.

En las redes de intercambio de archivos sucede lo mismo. El intercambio de ficheros en el eMule se hace privadamente entre usuarios; por tanto, el contenido de ese fichero que va de un ordenador a otro debería ser objeto de las mismas protecciones que cualquier conversación privada. Sin embargo, al conectarnos con este programa comunicamos públicamente qué ficheros tenemos disponibles para compartir con los demás usuarios; esa información es pública, por lo que la policía debería tener el mismo derecho a acceder a ella que cualquier otra persona con conexión a internet y la mula funcionando.

Otra cosa es que en muchas ocasiones los nombres de los ficheros que públicamente se comparten en estas redes poco tienen que ver con los contenidos reales. No es infrecuente bajarse el último estreno y encontrarse con que en realidad es una película porno, o algo peor. Eso hace especialmente peligrosa la penalización por mera posesión de cierto tipo de ficheros, aunque sean de pornografía infantil. Aunque no suceda todos los días, puede pasar que alguien se descargue archivos con las intenciones más inocentes para luego descubrir que se ha bajado auténticas porquerías.

Fíjense si no en el caso que ha provocado esta decisión del Tribunal Supremo. La acusada se había descargado ficheros tras buscar cosas tan inocentes como "bebés", "mamás", "papás", "niñas" o "mamás con bebés"; a partir de sus descargas la Policía obtuvo la autorización del juez para averiguar quién era a partir de su número IP, que es el único dato público que permite su identificación. Sin embargo, cuando la Policía la detuvo, acusada de poseer pornografía infantil, había borrado ya los ficheros, lo que parece indicar que no era precisamente eso lo que buscaba. Desgraciadamente, eso no la exime; al parecer es culpable de un "delito de facilitación de la difusión de material de pornografía infantil", pues como los usuarios de eMule saben, o deberían saber, todo lo que se descarga se comparte automáticamente, y por tanto la señora en cuestión difundió sin querer pornografía infantil.

No sé qué pensarán ustedes, pero a mí eso de meter en la cárcel o simplemente llevar a juicio a una mujer cuyo única culpa comprobada es la de buscar en la red vídeos de bebés, mamás y papás me parece un poco excesivo, aunque muy en la línea de este Gobierno de comprender a los verdaderos criminales y considerar que sus delitos son "culpa de la sociedad", mientras se inventan delitos nuevos con los que criminalizar a los ciudadanos normales que no hacen daño a nadie. Quizá sea la hora de cuestionarse si no convendría volver a las viejas y buenas tradiciones penales de antes de la era progre, cuando a nadie le cabía duda de que lo que se castigaban eran delitos de verdad.

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