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Griñán, abocado a entrar en prisión: ¿cómo intentará retrasarlo?

El expresidente andaluz fue condenado a seis años de cárcel. La confirmación del Supremo le aboca a entrar en prisión.

El expresidente andaluz fue condenado a seis años de cárcel. La confirmación del Supremo le aboca a entrar en prisión.
José Antonio Griñán | EFE

La confirmación de la condena por los ERE a José Antonio Griñán implicaría su entrada en la cárcel: el expresidente andaluz fue sentenciado a seis años de cárcel por un delito de malversación de caudales públicos y prevaricación durante su etapa como consejero de Economía, entre 2004 y 2009, cuando Manuel Chaves, también condenado, presidía la Junta de Andalucía.

Su defensa se apresuró a transmitir tras el fallo que tratarían de frenar la ejecución de la pena o al menos dilatar los plazos, sin descartar, llegado el caso, la petición de un indulto al Gobierno de Pedro Sánchez.

La ejecución de la sentencia compete a la Audiencia Provincial de Sevilla, el tribunal que dictó la condena que ahora ha confirmado el Tribunal Supremo. Para hacerlo, debería recibir el fallo íntegro, que según se estima no estará listo y notificado hasta septiembre. El Supremo notificará su resolución cuando las dos jueces que han anunciado un voto discrepante, las progresistas Ana Ferrer y Susana Polo, lo tengan redactado. Además, agosto es tradicionalmente un mes inhábil en los tribunales.

Por otro lado, según fuentes jurídicas citadas por Europa Press, los condenados podrían solicitar al Supremo una aclaración de la sentencia, lo que retrasaría aún más la materialización de las penas impuestas.

El abogado de Griñán, José María Calero, avanzó además que estaban dispuestos a recurrir al Tribunal Constitucional. En ese caso, deberían completar antes otro trámite ante el Supremo: un incidente de nulidad que debería resolver la Sala de lo Penal y con lo que también podrían retrasar el cumplimiento de la pena.

Al presentar el recurso ante el TC, podrían solicitar que se suspendiera la ejecución de la pena. Sin embargo, el Constitucional no suele frenar la entrada en prisión cuando la pena supera los cinco años de cárcel y en este caso son seis. En un reciente auto del pasado 16 de junio, el TC expone que esto es así porque las penas superiores a cinco años se consideran "graves", aunque añade que la jurisprudencia constitucional también tiene en cuenta otros criterios como "la gravedad y naturaleza de los hechos enjuiciados y el bien jurídico protegido, su trascendencia social".

"Circunstancias que expresan la reprobación que el ordenamiento asigna al hecho delictivo y, por consiguiente, la magnitud del interés general en su ejecución", indica el Tribunal Constitucional en dicho auto, recogido por Europa Press. El TC aclara que "existen algunos supuestos en los que excepcionalmente se ha accedido a su suspensión, atendiendo al tiempo de cumplimiento efectivo que reste por el cumplimiento previo de una parte sustancial de la pena impuesta".

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