Menú

Sánchez presenta un recurso contra la resolución que permite llamarle "corrupto" en una pancarta

El Juzgado de Instrucción archivó el caso y la Audiencia Provincial ya rechazó un primer recurso: llamarle corrupto es "libertad de expresión".

El Juzgado de Instrucción archivó el caso y la Audiencia Provincial ya rechazó un primer recurso: llamarle corrupto es "libertad de expresión".
Hazte Oír despliega una pancarta frente al Congreso de los Diputados | EFE

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha presentado un nuevo recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid para enmendar el sobreseimiento de la causa en la que pedía condenar a la Asociación Hazte Oír por colgar una pancarta frente al Congreso en la que aparecía la palabra "corrupto".

La Audiencia Provincial de Madrid desestimó el recurso interpuesto por Sánchez y condenó en costas al presidente del Gobierno. La Audiencia Provincial recalcaba que "el derecho a la libertad de expresión no constituye un ilícito penal, ya que se enmarca dentro de la crítica política legítima". Además, argumentó que "la solicitud de realizar diligencias de investigación adicionales es innecesaria y vulnera el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, dado que los hechos ya están suficientemente acotados y no presentan relevancia penal".

En un incidente de nulidad presentado ante la misma sala, pide a la Audiencia Provincial que "declare la nulidad del referido Auto N.º 624/2026, por incurrir en incongruencia omisiva y falta de motivación respecto del motivo de recurso relativo a la posible comisión de un delito contra la integridad moral (art. 173.1 CP) y/o de coacciones, con vulneración del artículo 24.1 CE".

Así, pide que se retrotraigan las acciones hasta el sobreseimiento al que llegó el Juzgado de Instrucción Número 12 de Madrid para que continúen las actuaciones con el objetivo de conocer si la asociación incurrió en un presunto delito de injurias y calumnias. En este marco, pide que se acuerden las siguientes diligencias: "Incorporación del reportaje fotográfico de la Policía Científica, toma de declaración como investigado a D. José Miguel Tomás Aguilera, y oficio a la Brigada Provincial de Información para la identificación de los responsables".

Cabe recordar que tanto el Juzgado de Instrucción como la Audiencia Provincial negaron la posibilidad de que se hubiese cometido un delito de injurias y calumnias hacia el presidente del Gobierno. De hecho, la resolución del órgano provincial recuerda que la crítica se sustenta en el derecho a la libertad de expresión y que esta no conduce a la incitación a la violencia ni al discurso de odio. Por ello, niega que se trate de una vulneración del derecho al honor de Pedro Sánchez.

Temas

En España

    Servicios

    • Oro Libertad
    • Inversión
    • Securitas