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Un marroquí evita la cárcel con un curso de igualdad tras pegar y encerrar a su mujer porque "cocinaba mal"

El Gobierno de Pedro Sánchez y en concreto el Ministerio de Igualdad son partidarios de estos cursos de igualdad de trato.

El Gobierno de Pedro Sánchez y en concreto el Ministerio de Igualdad son partidarios de estos cursos de igualdad de trato.
Irene Montero y Ana Redondo, exministra y actual ministra de Igualdad. Su ministerio ha impulsado políticas de prevención y reinserción | LD/Agencias

Una juez de Sant Feliu de Llobregat (Barcelona) ha condenado a un marroquí a 14 meses de prisión por maltratar de forma continuada a su esposa porque no le gustaba cómo cocinaba. Sin embargo, la magistrada ha decretado la suspensión de la pena durante dos años a condición de que no cometa delitos. Dicho de otro modo, este hombre solo tendrá que cumplir varias medidas preventivas y hacer un cursillo de igualdad después de tener encerrada a su pareja cuatro meses y maltratarla físicamente. En este sentido, conviene recordar que tanto el Ministerio de Igualdad como el Gobierno de Pedro Sánchez son muy partidarios de estos cursos de igualdad en el contexto de reeducación y prevención.

En la sentencia se explica que hubo conformidad por parte del acusado con la pena solicitada y declara probado que el acusado golpeó con cinturón e insultó en varias ocasiones a su esposa en su domicilio de Corbera de Llobregat (Barcelona) porque no le gustaba la comida que le había preparado.

"El acusado con ánimo de coartar la libertad de la Sra. VVVVV no permite que salga a la calle y le obliga a tener las persianas bajadas", añade la magistrada, quien condena al hombre por un delito de maltrato habitual y un delito de coacciones, ambos en el ámbito de la violencia de género.

No pisará la cárcel

Por el primer delito, la magistrada impone 14 meses y 2 días de prisión, privación de tenencia de armas por 32 meses y prohibición de aproximación a la víctima a menos de 1.000 metros y de comunicarse con ella por 22 meses. Por el delito de coacciones, fija las penas de 44 días de trabajos en beneficio de la comunidad, privación de tenencia de armas por 16 meses y prohibición de aproximación a la víctima a menos de 1.000 metros y de comunicarse con ella por dos meses.

La juez ordena que se suspenda la pena de cárcel por un plazo de dos años, bajo la condición de que el penado no cometa ningún delito, de que no se acerque a la víctima a menos de 1.000 metros, de seguir un programa formativo sobre igualdad de trato y no discriminación y de informar de todo cambio de domicilio.

En la sentencia, la magistrada aplica el Código Penal vigente. Sin embargo, la resolución vuelve a abrir el serio debate sobre si estas medidas —programas de igualdad— son suficientes en estos casos. Muchos señalan que este tipo de penas pueden derivar en una reincidencia por parte del agresor y por ende, en un peligro para la víctima, al no encontrarse el maltratador en prisión.

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