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Condenada a devolver 43.631 euros a la Seguridad Social por un error de la Administración

A pesar de que el TSJPV reconoce que el fallo fue de la Administración Pública, obliga a una mujer a devolver más de 40.000 euros que cobró por error.

A pesar de que el TSJPV reconoce que el fallo fue de la Administración Pública, obliga a una mujer a devolver más de 40.000 euros que cobró por error.
Una anciana española paseando por un pequeño pueblo. - ID de imagen: R4WPBC (RF) | Alamy

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha condenado a una mujer a pagar hasta 43.631,95 euros a la Seguridad Social después de que esta haya estado cobrando durante 2 años y 8 meses una pensión de jubilación parcial que no debería haber percibido, siendo un error de la Seguridad Social que la haya estado cobrando. Aun reconociendo el TSJ del País Vasco que el error no fue de la mujer, la condena la devolución de todo el dinero percibido en los casi tres años que la cobró. Dicha sentencia se puede leer aquí.

Todo tiene su origen en octubre de 2014, cuando Angélica (nacida en 1959) comenzó a prestar servicios a la empresa Delta Seguridad encadenando varios contratos a tiempo parcial (indefinidos, pero no a jornada completa), a saber:

  • Del 29/10/2014 al 28/02/2015 trabajando el 61,7% de la jornada completa.

  • Del 01/03/2015 al 30/11/2017 trabajando el 73,5% de la jornada completa.

  • Del 01/12/2017 al 30/10/2020 trabajando el 73,5% de la jornada completa.

  • Del 01/11/2020 al 28/02/2022 trabajando el 79% de la jornada completa.

Estuvo 2 años y 8 meses cobrando una pensión por error

El 7 de abril de 2022 la actora presentó ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) una solicitud de reconocimiento de la prestación de jubilación parcial, indicando en su solicitud que su contrato de trabajo era indefinido, a tiempo parcial. El INSS, mediante una resolución de fecha 23/6/2022, por error, procedió al reconocimiento de una prestación de jubilación parcial, fijándose como fecha de hecho causante el 28/2/2022 y con una pensión inicial de 1.060,49 euros, que empezó a cobrar a partir del 1 de marzo de 2022.

Ya el 18 de diciembre de 2024, el INSS procedió al reconocimiento de la jubilación ordinaria de la actora, que es la que le pertenecía cobrar a diferencia de la que ya estaba cobrando que no le correspondía. A partir de este momento la condenada comenzó a percibir una pensión de jubilación de 1.445,37 euros.

Tendrá que devolver 43.631 euros a la Seguridad Social

De esta forma, la sentencia recoge que entre el 1 de marzo de 2022 y el 25 de noviembre de 2024, Angélica estuvo percibiendo como prestación de jubilación parcial la cantidad de 43.631,95 euros, que se dividen de la siguiente forma entre 2022 y 2024:

  • En el año 2022 la actora percibió 12.195,64 euros.

  • En el año 2023 la actora percibió 16.108,82 euros.

  • En el año 2024 la actora percibió 15.327,49 euros.

Es decir, Angélica está ahora cobrando la pensión que sí le corresponde, aunque tendrá que devolver los 43.631,95 euros que cobró de forma indebida (aunque no por error suyo) durante casi tres años.

El TSJPV reconoce que fue error de la Seguridad Social

El tribunal reconoce que el error fue exclusivo de la Administración Pública y que no existió mala fe ni ocultamiento alguno por parte de la demandada. Aun así, el TSJPV la condena a devolver la totalidad de las cantidades percibidas durante los dos años y ocho meses, al considerar que la pensión de jubilación parcial recibida no constituía una prestación destinada a cubrir necesidades básicas, lo que habría permitido exonerarla de su devolución.

Así pues, y aunque el error no fue imputable a Angélica, esta tendrá que devolver los 43.631,95 euros que percibió de forma indebida por un error de la Seguridad Social. No obstante, según la propia sentencia del TSJPV, la devolución podrá realizarse de forma progresiva y sin que suponga una carga excesiva para ella.

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