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Mikel Buesa

Estado de alarma: la respuesta constitucional

El TC se ha pronunciado tarde, cuando el daño estaba hecho y cuando hay poco remedio para los estragos causados por el estado de alarma.

El TC se ha pronunciado tarde, cuando el daño estaba hecho y cuando hay poco remedio para los estragos causados por el estado de alarma.
Pedro Sánchez, anunciando el estado de alarma el 14 de febrero de 2020. | David Alonso Rincon

Que el Tribunal Constitucional haya tumbado el estado de alarma que decretó el Gobierno de Sánchez en marzo del año pasado y que se prorrogó por seis veces, de manera que su vigencia se prolongó durante 98 días, es una buena noticia, pues pone en su sitio el abuso de poder en el que incurrieron el presidente y los ministros que ejercieron el papel de autoridad delegada. Habrá quien diga que, con esta sentencia, se ponen palos en las ruedas de la política sanitaria y que, con ello, se dificulta la lucha contra la epidemia de covid-19. Pero no es así, pues lo que ha hecho el TC es aclarar que esa política, en tanto que afecta a derechos fundamentales, ha de instrumentarse mediante el empleo de los recursos constitucionales; en concreto, a través de la declaración de un estado de excepción.

Podremos discutir si la suspensión de esos derechos se circunscribió a los de libertad de circulación y reunión o si fue más allá, afectando a los de residencia, expresión, negociación colectiva y, sobre todo, libertad de empresa –estos dos últimos muy especialmente, pues la Constitución no autoriza su limitación y, menos aún, su suspensión–. En esto, parece que los magistrados constitucionales han sido más bien comedidos, yendo a destacar los dos primeros y minimizando las trabas que el estado de alarma impuso a los demás. Pero lo indiscutible es que las acciones del Gobierno se tienen que ajustar a la Ley Fundamental y que ésta reúne los instrumentos necesarios para haber hecho lo que se hizo dentro de su marco normativo. Porque lo que no puede discutirse es que la situación epidémica en marzo de 2020 era tan dramática que no quedaba más remedio que restringir severamente la circulación de las personas y evitar las oportunidades de contagio mediante el cierre escolar y comercial, dejando este último sector reducido a lo más esencial. Se debió hacer y se hizo, aunque mal desde el punto de vista jurídico, afectando severamente a las libertades públicas mediante un procedimiento torticero.

Pero, más allá de lo clarificador que haya podido ser el Tribunal Constitucional, cabe entrar ahora en las motivaciones políticas que inspiraron la utilización del estado de alarma en vez del estado de excepción. A este respecto no descarto una razón estética, pues los que tenemos memoria más o menos alargada sabemos que, antes de nuestra democracia actual, el régimen de Franco empleó profusamente las declaraciones de estado de excepción para facilitar su política represiva. Sin embargo, no debe olvidarse a este respecto que la regulación constitucional de los estados excepcionales –alarma, excepción y sitio– es extremadamente cautelosa de la preservación de los derechos individuales y también del control de la acción del Gobierno tanto por el Congreso de los Diputados como por los tribunales de justicia. Y me parece que es a esto último a lo que temía el presidente del Gobierno cuando, en el contexto de la declaración de la alarma, trató de minimizar el papel de los poderes Legislativo y Judicial con respecto a la fiscalización de sus decisiones. Este es uno de los aspectos críticos del estado de alarma, tal como puse de relieve en mi libro Abuso de poder.

Abundando en lo anterior, no deja de ser paradójico que haya sido Vox el promotor del pronunciamiento del Tribunal Constitucional, cuando fue este mismo partido el que, el 10 de marzo de 2020, exigió en el Congreso "la suspensión de las sesiones hasta que las autoridades sanitarias den por controlada la enfermedad de Wuhan", lo que fue aprovechado por la presidenta de la Cámara para rebajar sustancialmente su actividad y con ello, a partir de unos días después, atenuar severamente, durante semanas, su capacidad de control del Gobierno en el estado de alarma. Y lo mismo puede decirse del Poder Judicial, que el 11 de marzo de ese mismo año acordó la reducción de la actividad de los tribunales, lo que luego, después de la intervención de las asociaciones de jueces, se trocó en la suspensión de todas las actuaciones judiciales no esenciales. Ni que decir tiene que ello dejó en el desamparo a los ciudadanos y generó un atasco en el tratamiento de los asuntos litigiosos que aún persiste con severidad.

Todo ello fue posible, además, por el miedo que la enfermedad inculcó en los ciudadanos. Éstos, en España, lo mismo que en los demás países, estuvieron dispuestos a sacrificar sus libertades a cambio de la incierta promesa de preservación de su salud que hicieron los Gobiernos. Que esa promesa ha sido fútil es indiscutible, especialmente para los que fallecieron o fueron severamente afectados por el covid-19, de manera que esa relación de intercambio entre derechos y enfermedad ha estado más bien sesgada en detrimento de aquellos. Algunos Gobiernos han sido bastante más escrupulosos que el de Sánchez al tratar de minimizar la afectación de su política hacia las libertades públicas y, sobre todo, de corregir sus efectos más dañinos lo antes posible. En España hemos tenido el caso de la Comunidad de Madrid, aunque con posterioridad al estado de alarma ahora declarado inconstitucional, cuando la región recuperó las competencias que suspendió Sánchez. El Gobierno de éste, por el contrario, no ha tenido reparo en abusar de su poder aprovechando la situación epidémica. Es bueno, por ello, que el Tribunal Constitucional le haya recordado que en una democracia la preservación de la libertad es un fin en sí mismo. Lo ha hecho tarde, cuando el daño estaba hecho y cuando hay poco remedio para sus estragos, aunque se hayan suspendido las sanciones que el Ministerio del Interior impuso a los ciudadanos díscolos. Por eso la lección de esta historia es que quienes habitamos en la Piel de Toro no debemos conformarnos con ver conculcados nuestros derechos y hemos de exigir que los procedimientos constitucionales se respeten estrictamente si, llegado el caso, hemos de volver a enfrentar una crisis de las dimensiones de la que todavía nos envuelve.

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