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Nuevo varapalo judicial a las tácticas mafiosas de Hacienda

La sentencia a favor de Sito Pons es una más de las muchas que acumula en contra la AEAT por sus excesos en el acoso a personajes públicos.

El expiloto de motociclismo, Sito Pons, ha visto reconocida por los tribunales su inocencia frente a las acusaciones de la Agencia Tributaria, que le pedía la friolera de 24 años de prisión por discrepancias sobre sus liquidaciones fiscales durante los años en que residió en el extranjero. En la sentencia de apelación emitida por la Audiencia de Barcelona, los magistrados consideran probado que Sito Pons pasó más de 200 días viajando por circuitos de motociclismo de todo el mundo y su residencia fiscal estuvo radicada en otros países, por lo que no estaba obligado a tributar en nuestro país tal y como establece la legislación.

La sentencia es un nuevo varapalo a la Agencia Tributaria, cuya persecución a los deportistas de élite llega a niveles mafiosos, como saben bien todos los que han tenido que sufrir el acoso del fisco español en los últimos años. En el caso de la estrella del motociclismo, la AEAT puso investigadores a seguir los movimientos del piloto durante esos cuatro años y tratar de acreditar que vivía en España. Sin embargo, como demostró la defensa de Pons y ha confirmado la Justicia en dos instancias, "en algunos de dichos seguimientos albergaron serias dudas en cuanto a que la persona vigilada fuese realmente el Sr. Pons, al efectuar seguimientos de vehículos que bien pudieran ser conducidos por otra persona, como alguno de los hijos del Sr. Pons".

Otro detalle importante de la sentencia es su reproche a la AET por no demostrar sus acusaciones, al señalar que "(…) la Agencia Tributaria, a la que incumbe la carga de la prueba sobre el hecho concernido, no ha cuidado de aportar como testigos ni a los pilotos, ni a los mecánicos, ni a los patrocinadores para que adverasen ante el tribunal el lugar donde se formalizaron sus contratos y donde se desarrolló su contenido".

Conviene señalar que Sito Pons no ha evitado sus obligaciones con el fisco. Como residente durante más de seis meses en el extranjero, el expiloto ha cumplido con sus obligaciones tributarias en los países donde ha tenido fijada su residencia en cada momento. Lo que pretendía la Agencia Tributaria española es obligarlo a pagar dos veces por el mismo motivo liquidando en España los impuestos que ya había pagado en el exterior, una aberración jurídica y un abuso de autoridad que la Justicia ha rechazado de plano por dos veces consecutivas.

La sentencia es una más de las muchas que acumula la AEAT por sus excesos en el acoso a personajes públicos, convertidos en chivos expiatorios y en ejemplo perverso para intimidar a todos los que tienen algún pleito con el fisco. La bofetada jurídica al departamento de María Jesús Montero pone también de manifiesto el régimen de terror fiscal al que puede llegar la AEAT contra el común de los contribuyentes, que no disponen del dinero ni el ánimo para pleitear durante años contra un organismo público implacable, utilizado en no pocas ocasiones para los enjuagues políticos del sanchismo.

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