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EDITORIAL

¿Volverán a prisión los etarras injustamente excarcelados?

Damos por descontada una estricta vigilancia a los etarras injustamente excarcelados que impida que estos aprovechen la oportunidad de fuga.

Seguimos ignorando si los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Nacional Ramón Sáez, Manuela Fernández de Prado y Javier Martínez Lázaro fueron conscientes de la injusticia que cometían al decretar, el pasado día 5 de diciembre, la puesta en libertad del histórico dirigente etarra Santiago Arróspide Sarasola, alias Santi Potros, y de otro miembro de la banda, Alberto Plazaola. El hecho es que estos tres magistrados decidieron de forma contraria a Derecho descontar a ambos terroristas el tiempo de prisión que habían pasado en Francia alegando una normativa marco de la Comisión Europea del año 2008 que aún no había sido incorporada al ordenamiento jurídico español.

Que la transposición al ordenamiento jurídico español de dicha normativa marco europea mediante la Ley 7/2014 no iba a modificar el criterio de que las penas que los terroristas de ETA han cumplido en Francia no tienen que ser descontadas del tiempo máximo de cumplimiento de las condenas impuestas en España es algo que los tres magistrados podían y debían conocer, pues si bien dicha ley entró en vigor un día después de la puesta en libertad de los criminales, había sido publicada dos semanas antes.

Lo que los jueces han de aplicar es la ley, no normativa marco alguna de ningún organismo supranacional que no vincula ni afecta de manera directa a ningún tribunal y cuyo traslado al ordenamiento jurídico nacional corresponde al poder legislativo, no al judicial. Y lo cierto es que nuestro ordenamiento jurídico, tanto antes como después de ser modificado por la entrada en vigor de la 7/2014, que venía a dar traslado a la normativa marco de la Comisión Europea, imposibilitaba la injusta puesta en libertad de esos dos terroristas.

Así lo ha venido a reconocer, aunque sea con retraso e incomprensible falta de unanimidad, la sala de lo Penal del Tribunal Supremo al dar la razón este martes a la Sección Tercera de la Audiencia Nacional, que se negó, al contrario que la Sección Primera, a descontar los años de cárcel que otro etarra, Kepa Pikabea, había pasado en Francia.

Damos por descontado que Interior habrá sometido a una estricta vigilancia a los etarras injustamente excarcelados que impida que aprovechen la bochornosa oportunidad de fuga que les ha brindado la Sección Primera de la Audiencia Nacional. En cualquier caso, aunque Arróspide y Plazaola vuelvan a ingresar en prisión, nadie debe olvidar cómo el Gobierno se lavó las manos y permitió que la bochornosa sentencia del Tribunal de Estrasburgo referida a Inés del Río no sólo se aplicara de forma directa a esta etarra sino a decenas de otros miembros de la banda que fueron no menos injustamente excarcelados. Otro tanto podríamos decir de la falta de detención de Josu Ternera y de los autores de cientos de asesinatos de ETA que aún siguen impunes. Eso por no hablar de la saludable impunidad que sigue gozando Bolinaga.

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