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EDITORIAL

Con absoluciones así, ¿quién necesita condenas?

El fallo del Tribunal Supremo se resume en que el señor Garzón fue un inútil, pero no un prevaricador. No lo cree así el magistrado discrepante, para quien el ex juez estrellado se ha comportado como ambas cosas: pésimo instructor y delincuente

La absolución del ex juez Baltasar Garzón por pretender juzgar a un bando de la Guerra Civil no ha impedido que el Tribunal Supremo exponga sus atrabiliarios métodos como instructor. Su actuación en el caso fue un monumento a la negligencia, viene a decir la sentencia conocida este lunes, pero careció del "dolo" necesario para considerarla delictiva. Dicho en román paladino, el fallo del Tribunal Supremo se resume en que el señor Garzón fue un inútil, pero no un prevaricador. Se saltó el Tratado Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Ley de Amnistía de 1977, la norma sobre la prescripción de delitos y prácticamente todos los preceptos del proceso penal, y lo hizo con el propósito de abrir una causa general al franquismo, algo para lo que ningún juez está legitimado. Pero, en su descargo, el Tribunal sostiene que todo lo hizo de buena fe, sin una consciencia de sus errores. Vamos, que era una nulidad como juez, pero una bellísima persona. Con absoluciones así, ¿quién necesita condenas?

También el archivo de la denuncia por pedir dinero a banqueros y empresarios para sus conferencias en Nueva York libró al señor Garzón de una condena por la prescripción del delito de cohecho, pero no evitó que el Tribunal acreditase que su conducta había sido impropia de un juez. Condenado por prevaricar y expulsado de la carrera judicial con deshonor, el otrora juez estrella ha vuelto a cubrirse de gloria con sus comportamientos estrafalarios y antijurídicos. Que el Supremo no haya apreciado el elemento subjetivo indispensable en el delito de prevaricación constituye una discutible conclusión técnica, como, de hecho, la discute el magistrado José Manuel Maza en su voto particular discrepante.

Sostiene este miembro del tribunal que hubo algo más un largo cúmulo de errores en el auto del 18 de octubre de 2009 por el que el señor Garzón se proclamó competente para investigar penalmente las represalias del régimen franquista como si fueran un delito permanente de detención ilegal en el marco de crímenes contra la humanidad. El discrepante de la sentencia recuerda que el ex juez rechazó  en 1998 investigar la masacre de Paracuellos del Jarama, perpetrada mientras Santiago Carrillo Solares era el responsable máximo de la Seguridad pública en el Madrid republicano. El señor Garzón atribuyó mala fe a los familiares de las víctimas e invocó las mismas normas y preceptos que ahora se saltaba para intentar enjuiciar al otro bando de la Guerra Civil.

Todo ello lleva al magistrado Maza a la conclusión de que no hubo error en la conducta del ex juez, sino el propósito de saltarse la ley para abusar de su poder jurisdiccional, usándolo con fines subjetivos y sectarios; en resumidas cuentas, que el señor Garzón volvió a prevaricar, a juicio del magistrado que ha firmado el voto particular discrepante. Sea como fuere, Baltasar Garzón ya no puede instruir más casos. La Justicia en España es un poco más profesional e independiente sin él.  Gracias a esta nueva sentencia, sabemos que, sin el señor Garzón, la justicia también será un poco más competente.

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