La reciente revelación del documento interno y reservado del Ministerio del Interior en el que se dice que la destitución fulminante del coronel Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de Madrid se debió a una "pérdida de confianza de esta Dirección General y del Equipo de Dirección del Ministerio del Interior por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil en el marco operativo y de Policía Judicial con fines de conocimiento" confirma algo mucho más grave que el inadmisible y bochornoso hecho de que el ministro Grande-Marlaska mintiera descaradamente la semana pasada al afirmar que ni él "ni nadie del Ministerio ni de la Dirección General de la Guardia Civil ha reclamado al coronel Diego Pérez de los Cobos ni el informe ni el acceso al contenido del informe", informe que recogía las investigaciones sobre el 8-M que, a instancias de la autoridad judicial, llevaba a cabo la Benemérita en Madrid, al mando del coronel.
Este documento demuestra también que la mentira del ministro trataba de ocultar la comisión tanto del delito que entrañaban las presiones destinadas a sonsacar a Pérez de los Cobos información sobre un informe del que, por ley, sólo podía informar a la juez del 8-M, Carmen Rodríguez-Medel, como del que supuso su injusta destitución, una vez comprobado que el coronel no cedía ante las presiones de Interior y permanecía fiel a su deber de "guardar rigurosa reserva" sobre la evolución y el resultado de las investigaciones, tal y como la ley y la propia juez Rodríguez-Medel le exigían.
Téngase en cuenta que al delito de coacción e inducción a la violación de secretos del que se podría acusar al ministro se le podría añadir el de represalias y prevaricación que su puso el fulminante relevo de Pérez de los Cobos, pues, tal y como contempla el artículo 404 del Código Penal, "a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años". Eso por no recordar que el artículo 550.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial claramente establece que "los funcionarios de Policía Judicial a quienes se hubiera encomendado una actuación o investigación concreta dentro de las competencias a que se refiere el artículo 547 de esta ley no podrán ser removidos o apartados hasta que finalice la misma o, en todo caso, la fase del procedimiento judicial que la originó, si no es por decisión o con la autorización del juez o fiscal competente".
Ya no se trata de reiterar la petición de dimisión de Marlaska, tal y como ya se solicito aquí hace una semana, sino de hacerla extensiva al Gobierno en bloque, empezando por su presidente, Pedro Sánchez. Así lo exigen las responsabilidades políticas que se derivan no sólo de la imputación penal que, más pronto que tarde, caerá sobre este indigno ministro del Interior, sino del más elemental sentido de la lógica y de la decencia política. Y es que, si Marlaska se avino a perpetrar lo que él mejor que nadie sabe que constituyen ilícitos penales, no fue por interés propio, sino para ocultar la negligencia, presuntamente criminal, en que incurrió todo el Ejecutivo por respaldar por razones ideológicas las manifestaciones del 8 de marzo, pese al evidente riesgo de contagio del covid-19 que entrañaban, como sabían perfectamente.
Pero es precisamente el temor de que la caída de Marlaska arrastre a todo el Gobierno lo que va a llevar a Sanchez a no consentir la dimisión de nadie.