La confirmación por parte del comisario europeo de Justicia, Didier Rynders, de que la Ley de Amnistía quedará "inaplicada" hasta que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) resuelva las cuestiones prejudiciales que le planteen los tribunales españoles es, sin duda, una de las noticias más importantes y, sobre todo, más positivas de los últimos tiempos. Y es que, como bien ha señalado el comisario en respuesta a una pregunta planteada por el jefe de la delegación europea de Ciudadanos, Adrián Vázquez, el Estatuto del TJUE establece que "la resolución del órgano jurisdiccional nacional por la que somete un asunto al Tribunal de Justicia suspende el procedimiento nacional". Reynders cita, en este sentido, tanto legislación como jurisprudencia europea que claramente establece la primacía del derecho comunitario por encima de lo que señalen las legislaciones nacionales, en este caso, la mal llamada Ley de amnistía.
Si tenemos presente que los procesos por los que se resuelven las cuestiones prejudiciales se prolongan alrededor de año y medio, es harto improbable que Puigdemont pueda volver a España amnistiado y, por tanto, pueda recoger su acta de diputado y ser investido presidente de la Generalidad, tal y como aspira a serlo el golpista prófugo de la Justicia. Y eso, aun cuando para entonces la ley de amnistía ya hubiera entrado en vigor, cosa que está por ver.
Y es que, aun cuando la batalla contra nuestro Estado de derecho que implica esta inconstitucional amnistía pudiera haber estado ganada por Sánchez desde antes de haberla librado mediante el control previo de nuestro Tribunal Constitucional presidido por Conde-Pumpido, una cosa es que nuestro envilecido Tribunal de Garantías aceptase el pulpo como animal de compañía y otra, muy distinta, que eso mismo lo acepte la Justicia Europea. Y es que —no hay que olvidarlo— la amnistía exigida por los golpistas a Sánchez a cambio de su investidura era y es no sólo clamorosamente contraria a nuestra Constitución sino también al ordenamiento jurídico europeo.
Lo que es evidente es que este atentado legislativo contra el ordenamiento jurídico tanto español como europeo no hace más que alentar las ilegales pulsiones rupturistas de los nacionalistas, tal y como evidencia, no sólo Puigdemont, sino el actual presidente de la Generalidad, Pere Aragonès, quien ya ha hecho público su plan de secesión durante la precampaña mediante una consulta de independencia, sin mínimos de participación y con una respuesta binaria, de "sí" o "no" a la pregunta: "¿Quiere que Cataluña sea un estado independiente?".
Que Pere Aragonès sostenga que semejante consulta, que niega como sujeto de soberanía al pueblo español, la posibilita nada menos que el articulo 92 de la Constitución es prueba de que la desfachatez de Sánchez al afirmar que la amnistía es constitucional, aun insuperable, es sumamente contagiosa. Lo que está claro es que la estabilidad, el progreso y el imperio de la ley en Cataluña pasa mucho antes por la aplicación del articulo 155 de la Constitución que por un referéndum bajo el falso anclaje de su articulo 92. Y eso, aun cuando el mismísimo Feijóo creyese, por el contrario, que eso sería "incendiar" Cataluña.