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Las rentas inferiores a 53.000 euros ya se pueden deducir el 10% de las reformas

Los contribuyentes con rentas inferiores a los 53.007,20 euros podr醤 deducirse en el IRPF hasta el 10% de las cantidades satisfechas por la rehabilitaci髇 de viviendas a partir de este mi閞coles y hasta el 31 de diciembre de 2012, con un m醲imo de 12.000 euros por vivienda habitual. (Volver)

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alamut dijo el d韆 14 de Abril de 2010 a las 14:24:17:
me han recomendado que no declare mi obra (100.000 eurones) , que hago?? me dicen que es peor, que me quede como estoi, no se que hacer
AntiMarx dijo el d韆 14 de Abril de 2010 a las 14:00:13:
Nosenada, leyendo el enlace al BOE que ponen en esta noticia (lo único 'útil' de lo que dice Europa Press) y el apartado de la Ley del IVA (Ley 37/1992, art. 91.1.2.15º, relativo a aplicación de tipo reducido en ejecución de obras de albañilería, que puedes leer tú mismo en internet, por ej. en noticias.juridicas.com o en otros sitios) que es modificada por este Real Decreto-Ley en su artículo 2.4, parece que el tipo reducido lo puede aplicar cualquier persona física o comunidad de propietarios, siempre que la vivienda destinataria de la ejecución de la obra se utilice para 'uso particular', entre otros requisitos. No habla de 'vivienda habitual', que es un concepto bastante importante a efectos fiscales.

Pero lo mejor es que lo leas tú mismo y lo compruebes con un fiscalista profesional y hagas tus cuentas antes de embarcarte en esto.

Un saludo
nosenada dijo el d韆 14 de Abril de 2010 a las 13:01:50:
Alguien me puede decir si el IVA reducido se puede aplicar también para la rehabilitación de una "segunda" vivienda? Gracias por adelantado.
AntiMarx dijo el d韆 14 de Abril de 2010 a las 12:57:46:
Se echa en falta un poco de análisis o traducción del comunicado de Pravda (Europa Press=Efe=BOE analfabeto=Gobierno). Por ejemplo:

- Cuando dicen : "Los contribuyentes con rentas inferiores a los 53.007,20 euros podrán deducirse en el IRPF hasta el 10% de las cantidades satisfechas ..."; significa "Aquellos contribuyentes que declaren base imponible inferior a 53.007,20 euros podrán, en algunos casos, pagar menos IRPF a costa de los que declaren más (no necesariamente más ricos) ..."

- Y aún más divertido es eso de que "Esta medida, que beneficiará al 95% de los contribuyentes ..."; que en realidad quiere decir "Esta demagogia, que beneficiará a los políticos si la gente es tan lela de creerse que les beneficia (hagan cuentas, por si acaso) en principio podría ser aplicable al 95% de los que declaran rendimientos gravables por IRPF, que no coinciden con los que los perciben en la realidad ni de lejos, ni mucho menos con los que vayan a aplicarla."

Invertir o gastar en función de lo que incentive el gobierno con sus regulaciones es siempre un mal negocio para el conjunto (y, en la mayoría de las ocasiones, para los particulares, con la excepción de los amigotes de comilona y postre de los políticos)

En el futuro, intenten no pasarnos las noticias de las agencias de prensa filo-castristas sin un buen análisis como guarnición, que por algo tienen Vdes. como colaboradores a algunos de los mejores economistas españoles (y me atrevería a decir que mundiales) de la actualidad (Rallo, Llamas, etc.).

Un saludo, a pesar de la merecida bronca.
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